Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2016 (20/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Martes 20 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599525

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Aprueban la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud Moquegua y sus Órganos Desconcentrados
ORDENANZA REGIONAL Nº 12-2016-CR/GRM 1 de setiembre de 2016 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en Sesión, de fecha 01 de Setiembre del 2016, aprobó el DICTAMEN Nº 15-2016-COPPyOTCR-GRM presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de la políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificación administrativa; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; así como el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional es un Documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057 y en tanto se reemplace el CAP y PAP por el CPE;

Que, mediante Ordenanza Regional Nª 11-2015CR/GRM de fecha 28 de diciembre de 2015, se aprobó la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud Moquegua y sus Órganos Desconcentrados; para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales; Que, mediante Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, establece en su literal h) del numeral 8.1 del artículo 8º el cual autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1153, vinculante con lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 244-2016/MINSA de fecha 12 de abril de 2016 que resuelve modificar el anexo que hace referencia al artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 598-2015-MINSA, estableciéndose las PEAS correspondientes al proceso de nombramiento de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud- CLAS; Que, al respecto, la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GPGSC "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, refiere mediante el Anexo Nº 4, Sobre el CAP Provisional en su Numeral 3 inciso 1.1 y Numeral 4 incisos 1.1 y 1.2; Que, mediante Informe Nº 086-2016-SERVIR/ GDSRH del 08 de julio de 2016, el Gerente de desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil concluye que "En virtud del análisis realizado, se considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por la DIRESA Moquegua en relación a sus dos (02) Unidades Ejecutoras, por lo que se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional de la mencionada Dirección Regional"; Por lo que, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2011-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua, con el voto por Mayoría de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta ha aprobado la: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓCVN DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL DE LA GERENCIA REGIONAL DE SALUD MOQUEGUA Y SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Gerencia Regional de Salud Moquegua y sus Órganos Desconcentrados, según el detalle siguiente: Unidad Ejecutora 400 Gerencia Regional de Salud Moquegua y Dirección de la Red de Salud Moquegua: 795 cargos clasificados (569 ocupados y 226 previstos); Unidad Ejecutora 401 Red de Salud Ilo y Hospital Ilo: 584 cargos clasificados (409 ocupados y 175 previstos); Unidad Ejecutora 402 Hospital Regional Moquegua: 352 cargos clasificados (228 ocupados y 124 previstos); cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación regional; asimismo disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Moquegua, previa promulgación de la presente por el Gobernador Regional de Moquegua.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.