Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2016 (20/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 20 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Grupo de Trabajo denominado "Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo" por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Directora General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.Designación de representantes del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo El Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo, está conformado de la siguiente manera: Representantes Titulares: a) Elizabeth Celia Cornejo Maldonado, Directora de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien actuará como miembro Titular y Presidenta. b) Isabel Edith Mendoza Navarro, representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quien actuará como miembro Titular. c) Miriam Marlene Laura Ramos, representante del Ministerio de Educación, quien actuará como miembro Titular. d) Mónica Kazuko Nakakado Sánchez, Gerente General de la Asociación Peruana de Hoteles, Restaurantes y Afines ­ AHORA (representante de las asociaciones de empresas o gremios relacionados a los hoteles y restaurantes), quien actuará como miembro Titular. e) Enrique Javier Quiñones Pareja, Presidente de la Asociación Peruana de Operadores de Turismo Receptivo e Interno ­ APOTUR (representante de las asociaciones de empresas o gremios relacionados a los operadores de turismo y/o agencias de viaje), quien actuará como miembro Titular. f) Elmer Hernán Barrio De Mendoza Gallardo, representante de la Asociación Peruana de Turismo de Aventura, Ecoturismo y Turismo Especializado - APTAE (representante de las asociaciones de empresas o gremios relacionados al ecoturismo y/o turismo especializado), quien actuará como miembro Titular. g) Luis Enrique Sánchez Roca, Presidente de la Federación Nacional de Guías Oficiales de Turismo del Perú ­ FENAGUITURP (representante de las asociaciones de guías oficiales de turismo), quien actuará como miembro Titular. h) María Cristina Sierralta Fait, Gerente General de la Sociedad Nacional de Juegos de Azar ­ SONAJA (representante de las asociaciones de juegos de casino y máquinas tragamonedas), quien actuará como miembro Titular. i) Rosa Emilia Bianchi Gainza de Urrutia, Directora de Extensión Educativa del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR (representante de centros de formación profesional), quien actuará como miembro Titular. j) Flavio Mozo Tintaya, Secretario General de la Federación Nacional de Trabajadores en Hoteles y Ramos similares del Perú (representante de las organizaciones de los trabajadores), quien actuará como miembro Titular. Representantes Alternos o Suplentes a) Carla Judith Hidalgo Gamonal, Especialista de la Dirección de Normalización y Certificación de

Competencias Laborales de la Dirección General de Formación Profesional y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien actuará como miembro Alterno. b) Mercedes Govea Requena de Chau, representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quien actuará como miembro Alterno. c) Patricia Amalia Guadalupe Llong Coppo, Segunda Vicepresidenta de la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo ­ APAVIT (representante de las asociaciones de empresas o gremios relacionados a los operadores de turismo y/o agencias de viaje), quien actuará como miembro Alterno. d) Alfredo Enrique Ferreyros Gildemeister, Presidente de la Asociación Peruana de Turismo de Aventura, Ecoturismo y Turismo Especializado - APTAE (representante de las asociaciones de empresas o gremios relacionados al ecoturismo y/o turismo especializado), quien actuará como miembro Alterno. e) Mario Raúl Pino Etchebarne, Secretario de la Federación Nacional de Guías Oficiales de Turismo del Perú ­ FENAGUITURP (representante de las asociaciones de guías oficiales de turismo), quien actuará como miembro Alterno. f) Aldo Jesús Echenique Morales, representante de la Cámara de Operadores de Máquinas de Juego Tragamonedas - COT, (representante de las asociaciones de juegos de casino y máquinas tragamonedas), quien actuará como miembro Alterno. g) Becque Cesar Mimbela Reaño, Sub Director de Evaluación de Competencias Laborales del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR (representante de centros de formación profesional), quien actuará como miembro Alterno. h) Carlos Jacinto Santana Sotil, Secretario de Administración de la Federación Nacional de Trabajadores en Hoteles y Ramos similares del Perú (representante de las organizaciones de los trabajadores), quien actuará como miembro Alterno. Artículo 2.- Designación del Secretario Técnico del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo. Designar al señor Anatoly Pavel Ruíz Cueva, profesional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, como Secretario Técnico del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo. Artículo 3.- Delegación de representantes del Grupo de Trabajo denominado Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo Los representantes titulares y alternos o suplentes así como la Secretaría Técnica, designados por la presente resolución ministerial, podrán delegar sus cargos por escrito ante el Comité de Competencias Laborales del Sector Turismo. La delegación del cargo a que se refiere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir, suscribir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución ministerial en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1430824-2

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