Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2016 (20/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Martes 20 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599515

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Disponen la publicación en el portal institucional del SENACE del proyecto de documento "Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) para el Subsector Hidrocarburos"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 091-2016-SENACE/J Lima, 19 de setiembre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 061-2016-SENACE/ DGE-UTN emitido por la Unidad Técnico Normativa de la Dirección de Gestión Estratégica; el Memorando Nº 352-2016-SENACE/DGE emitido por la Dirección de Gestión Estratégica; y el Informe Nº 179-2016-SENACE/SG-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29968, modificada por la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, establece que el Senace tiene, entre otras, la función de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental Detallados (EIA-d) regulados en la Ley Nº 27446 y normas reglamentarias; Que, el literal j) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM, establece que el Jefe del Senace tiene como función aprobar las guías y normas o propuestas normativas para la implementación y adecuado desempeño del Senace, de acuerdo a su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 3282015-MINAM se aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de minería, hidrocarburos y electricidad del Ministerio de Energía y Minas al Senace, determinándose que a partir del 28 de diciembre de 2015 el Senace asume, entre otras, la función de revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados; Que, el Senace ha elaborado el proyecto de documento denominado "Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) para el Subsector Hidrocarburos", el cual constituirá una herramienta de uso referencial para los evaluadores del Senace, y que contribuirá para que el procedimiento de evaluación de los EIA-d del subsector hidrocarburos se desarrolle de una manera efectiva, ágil y transparente, en beneficio de los titulares de proyectos y la ciudadanía en general; Que, el artículo 46 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala que toda persona natural o jurídica, en forma individual o colectiva, puede presentar opiniones, posiciones, puntos de vista, observaciones u aportes, en las políticas y acciones que incidan sobre la toma de decisiones de la gestión ambiental; Que, en el marco del principio de participación, regulado en el literal b) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo

Nº 019-2009-MINAM, se debe promover la intervención informada y responsable de todos los interesados en el proceso de evaluación de impacto ambiental, para lograr la ejecución de políticas acordes al SEIA; Que, el proyecto de documento denominado "Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) para el Subsector Hidrocarburos", al ser un documento referencial, no regula asuntos ambientales generales ni tiene efectos ambientales, por lo que no está sujeto a la publicación prevista en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; no obstante, con la finalidad de contar con los comentarios y aportes de la ciudadanía en general, resulta conveniente disponer la publicación del referido proyecto; Con los visados de la Dirección de Certificación Ambiental, de la Dirección de Gestión Estratégica y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Resolución Ministerial Nº 328-2015-MINAM, que aprueba la culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de minería, hidrocarburos y electricidad del Ministerio de Energía y Minas al Senace; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de documento denominado "Manual de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) para el Subsector Hidrocarburos". Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Senace (www.senace.gob.pe) a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2º.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, deben ser remitidas por escrito a la sede central del Senace, ubicada en la avenida Guardia Civil Nº 115, distrito de San Borja, y/o a la dirección electrónica: consultaspublicas@senace.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1430488-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican los procedimientos específicos "Solicitud Electrónica de Rectificación de la Declaración Única de Aduanas" INTA-PE.01.07 (versión 4) y "Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración" INTA-PE.00.11 (versión 2)
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 36-2016-SUNAT/5F0000 Callao, 16 de setiembre de 2016

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