Norma Legal Oficial del día 22 de septiembre del año 2016 (22/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 22 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599727

Que, mediante Informe Nº 118-2016-GSCyGAGM/MDC, del 09 de Agosto del 2,016, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental señala que la propuesta presentada por la Empresa Supermercados Peruanos S.A., constituye una alternativa para que la Municipalidad de Comas cuente con una nueva fuente de ingresos que le permita recuperar y remozar las áreas verdes e instalaciones deportivas y recreativas habilitadas del Parque MANHATTAN, así como para intervenir en la recuperación de los parques, pistas y veredas de la Urb. San Felipe; Que, según Informe Nº 247-2016-GDU-MDC, de fecha 10 de Agosto del 2,016, la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través del Informe Nº 330-2016- SGPUCGDU/MC, fecha 09 de Agosto del 2,016, de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, señala que el área objeto de solicitud, actualmente no se encuentra habilitada con áreas verdes, siendo el área total del Parque Manhattan de 24,134.85 m2 , de los cuales, 7,667 m2, correspondería al pedido de parte de la Empresa URBI PROPIEDADES S.A., quedando para el citado Parque el área de 16, 467.85 m2. Asímismo, señala que de acuerdo al Plano de Zonificación del Distrito, el área total del Parque "Manhattan" se encuentra dividido hasta por cuatro (04) predios: Tres (03) de ellos cuentan con Zonificación de Recreación Pública ­ ZRP y uno con Zonificación de Otros Usos ­ OU (en donde se ubican las piscinas); no obstante, en la realidad, se trata de un (01) solo predio, que no está subdividido por ninguna vía pública habilitada como tal. Asímismo, precisa que resulta necesario que se efectúen las correcciones correspondientes a la regularización de la recepción de dicho Parque como Aporte Reglamentario, Desafectación del área de 7,667 m2 y el cambio de Zonificación; Que, con el Informe Nº 125-2016-GPPR/MC, de fecha 10 de Agosto del 2,016, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, señala que a través del Informe Nº 028-2016-SGIyCTIGPPR/MDC, de fecha 10 de Agosto del 2,016, de la Sub Gerencia de Inversiones y Cooperación Técnica, se emite opinión Técnico Presupuestal, concluyendo que la Municipalidad Distrital de Comas cuenta con un presupuesto ínfimo para poder ejecutar proyectos de inversión pública de mejoramiento o recuperación de áreas verdes del Parque Manhattan, así como de pistas, veredas y parques en la Urbanización San Felipe que pertenece a la jurisdicción del Distrito de Comas y que los ingresos a favor de la Municipalidad, como pago de la renta por el área se cederá a favor de la Empresa vía contrato, constituiría una fuente de ingreso adicional al presupuesto, que podrán generan liquidez para efectuar nuevas inversiones en el Parque Manhattan, y en pistas, veredas y parques de la Urb. San Felipe del Distrito de Comas; por lo que, dicho Proyecto de Inversión propuesto como Iniciativa Privada resulta viable en la medida que no generará compromiso alguno para el otorgamiento de un cofinanciamiento, garantías financieras y no financieras de la parte de la Municipalidad, siendo la inversión para la ejecución del Proyecto propuesto de exclusiva responsabilidad de la Empresa Privada; Que, la Comisión Permanente de Regidores de Desarrollo Urbano, Tecnología de la Información, Transito y Transportes de la Municipalidad de Comas, luego de la respectiva deliberación y evaluación de la propuesta de Declarar de Interés Público la Iniciativa Privada "Parque Manhattan", con el voto unánime favorable aprobaron elevarlo al Pleno del Concejo; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo del 24 de Agosto del 2016 efectuada la votación de la propuesta de Declarar de Interés Público la Iniciativa Privada "Parque Manhattan", se obtuvieron 09 votos a favor y 04 votos de abstención, siendo que se tuvo como sustento de los votos de abstención que era por la falta de saneamiento físico legal del inmueble, conforme obra en Actas. Esta situación determino el Acuerdo de Concejo Nº051-2016/MC que desestima la propuesta de Declarar de Interés Público la Iniciativa Privada "Parque Manhattan", por cuanto la aprobación del Concejo requerida es por la Mayoría Calificada.

Que, formulado el Recurso de Reconsideración contra el Acuerdo de Concejo Nº 051-2016/MC, dentro del términos legal con más del 20 % del total de Regidores que componen el Concejo, fundamentado sobre la base de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y entre otros hechos se señala que, en la Sesión de Concejo de fecha 24 de Agosto del 2016, no estuvieron presentes el total de los miembros del Concejo por ausencia de dos Regidores, siendo que uno de los mismos justifico su inasistencia por razones de salud, por lo que no se obtuvo la mayoría calificada; remitido que fuera a la Gerencia de Asuntos Jurídicos, esta mediante Informe Nº 357-2016-GAJ-MDC de fecha 29 de Agosto del 2016, Opina que Procede el Recurso de Reconsideración por cuanto se ha interpuesto dentro de los tres días hábiles por miembros del Concejo que han superado el 20 % del total de los mismos, dando cumplimiento con ello a lo establecido en el Art. 51º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Art. 53º de la Ordenanza Nº 351MDC que aprueba el Reglamento Interno - RIC del Concejo Distrital de Comas. Que, con Dictamen Nº 001-2016-CAJ/MC, de fecha 01 de Setiembre del 2016, la Comisión Permanente de Regidores de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Comas, luego de la deliberación y Evaluación del Expediente de Reconsideración al Acuerdo de Concejo, reunidos en segunda convocatoria, con el voto mayoritario de los señores Regidores de dicha Comisión DICTAMINAN Elevar al Pleno del Concejo la opinión favorable que declara Procedente el Recurso de Reconsideración contra al Acuerdo de Concejo Nº 0512016/MC de fecha 24 de Agosto del 2016. Recomiendan Aprobar la Declaración de Interés Público la Propuesta de Iniciativa Privada del Parque Manhattan, debiéndose efectuar paralelamente el Saneamiento Físico Legal del Inmueble de dicho Parque previa a la suscripción del Contrato; y, Encargan a Secretaría General efectuar el trámite pertinente a fin que oportunamente se remitan los actuados al Pleno del Concejo para la determinación correspondiente. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo del 02 de Setiembre del 2016, efectuada la votación del Dictamen de la Comisión para que se declare Procedente el Recurso de Reconsideración y estando a la propuesta de Declarar de Interés Público la Iniciativa Privada "Parque Manhattan", debiéndose efectuar paralelamente el Saneamiento Físico Legal de dicho Parque previamente a la suscripción del Contrato, se tuvo com o resultado que 11 Regidores votaron a favor y 04 Regidores votaron en contra, siendo que se tuvo como sustento de los votos en contra que era por la falta de saneamiento físico legal del inmueble, conforme obra en Actas. Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas aplicables, el Concejo Municipal adopto por MAYORÍA CALIFICADA el siguiente: ACUERDO: Artículo Único.- Declarar Procedente el Recurso de Reconsideración interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Nº 051-2016/MC de fecha 24 de Agosto del 2016; en consecuencia Declarar de Interés Público la propuesta de Iniciativa Privada presentada por la Empresa Supermercados Peruanos S.A. debidamente representada por Urbi Propiedades S.A. denominada "Parque Manhattan", conforme a los actuados que forman parte del presente Acuerdo de Concejo, efectuándose los trámites legales que correspondan para su respectiva incorporación al proceso de promoción a la inversión privada; debiéndose asimismo efectuar paralelamente el Saneamiento Físico Legal del Parque Manhattan previamente a la oportuna suscripción del Contrato. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.