Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2016 (23/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 23 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General 1431542-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 141-2016-CONCYTEC-P Lima, 22 de setiembre de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 025-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 229 -2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, y los Informes Nº 230-2016-CONCYTECOGPP y Nº 178-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016 -CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 229-2016-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por un monto total de S/ 1'779,916.30 a favor de las entidades públicas y las personas jurídicas ganadoras del Esquema Financiero EF023: "Fortalecimiento de Programas de Maestría en Universidades Peruanas", Convocatoria 2015-IIMINEDU, del Esquema Financiero EF-031: "Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología", Convocatoria 2015-II-MINEDU, y del Esquema Financiero EF-023: "Programas de Maestría en Universidades Peruanas", Convocatoria 2015-I, conforme a lo dispuesto en

las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 153, Nº 154 y Nº 155-2015-FONDECYT -DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 025-2016 -FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total de S/ 1'283,986.63, a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 648,502.45), de la Universidad Nacional de Trujillo (S/ 409,504.20), de la Universidad Nacional de Ingeniería (S/ 143,029.98), y de la Universidad Nacional de Tumbes (S/ 82,950.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 495,929.67, a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (S/ 83,250.00), de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 351,873.00), y de la Universidad Católica San Pablo (S/ 60,806.67), para cofinanciar los programas en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000719, N° 0000000742 y N° 0000000743, copias de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 153, Nº 154 y Nº 155-2015-FONDECYT-DE, copias de los Convenios de Financiamiento Nº 174 y Nº 175-2015-FONDECYT (y su primera adenda), y copias de los Convenios de Gestión Nº 167, Nº 183, Nº 190, Nº 202, Nº 229, Nº 231, Nº 232, Nº 233 y Nº 234-2015-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 025-2016-FONDECYT-UPPUAJ -USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados Convenios de Gestión y Financiamiento, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 230-2016-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidos hasta por el importe total de S/ 1'779,916.30, con el cual se cofinanciarán los programas en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 025-2016-FONDECYT -UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 178-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 025-2016-FONDECYTUPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 230-2016-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación de la Secretaria General (e), del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma total de S/ 1'779,916.30 (Un Millón Setecientos Setenta y Nueve Mil Novecientos Dieciséis y 30/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:

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