Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 127

El Peruano / Viernes 28 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas en el Artículo 9º numeral 8 y el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Paramonga, con el voto UNANIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL AÑO FISCAL 2018 Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, del Distrito de Paramonga, para el Año Fiscal 2018, el cual consta de II Títulos, III Capítulos, 13 Artículos, Tres Disposiciones Finales y 02 Anexos (Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo y Ficha de Inscripción de los Agentes Participantes) y que en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al despacho de Alcaldía la implementación de la presente Ordenanza mediante el Decreto de Alcaldía correspondiente, dando cuenta de ello al Pleno del Concejo Municipal, cuando las circunstancias así lo ameriten. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia, la Publicación de en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Paramonga http://www.muniparamonga.gob.pe/. . POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. Dado en la Municipalidad Distrital de Paramonga, a los veintidós días del mes de febrero del dos mil diecisiete. FERNANDO F. ALVARADO MORENO Alcalde Distrital de Paramonga 1511800-1

Establecen régimen de beneficios tributarios y no tributarios para el año 2017
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2017-CM/MDP Paramonga, 10 de marzo del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARAMONGA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de marzo del 2017, el Informe Nº 006-2017/ORCR/ SGAT/MDP, de fecha 07 de febrero del 2017, emitido por la Oficina de Recaudación, Control y Registro; la Opinión Legal Nº 044-2017-SGAJ/MDP, de fecha 20 de febrero del 2017, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre proyecto de Ordenanza Municipal que establece beneficios tributarios para el año 2017 en el distrito de Paramonga, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley que Reforma la Constitución Nº 27680, las municipalidades son órganos de Gobierno Locales y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 74º de la Constitución Política, en concordancia la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40º faculta a las municipalidades a que mediante Ordenanza

pueden suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley; Que, el artículo VI del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el D.S. Nº 133-2013-EF, regula la potestad que tienen los gobiernos locales en materia tributaria, prescribiendo que mediante Ordenanzas Municipales puedan crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; Que, conforme lo indica el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario Nº 133-2013-EF donde indica que; "La deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley, Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo". Que, de la revisión de las Cuentas Corrientes de los contribuyentes del distrito, se ha verificado que los mismos tienen deudas pendientes respecto a sus obligaciones tributarias con la entidad, situación motivada por el encarecimiento de las deudas tributarias debido a la acumulación de intereses por los años adeudados, entre otras; Que es política de la actual gestión municipal otorgar el máximo de facilidades a los contribuyentes y usuarios de la jurisdicción distrital, que se encuentren atrasados en el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas; autorizaciones y otras obligaciones cuyo incumplimiento, genere sanciones conforme a la ley de la materia; Que, por lo expuesto por la Oficina de Recaudación, Control y Registro ha propuesto otorgar un beneficio Tributario de Condonación de intereses moratorios al impuesto predial y Arbitrios Municipal; la condonación de Arbitrios Municipales a los propietarios de predios de la jurisdicción de Paramonga a fin de que puedan cancelar sus deudas pendientes de pago. Que, mediante Informe Nº 006-2017/ORCR/SGAT/ MDP, de fecha 07 de febrero del 2017, la Oficina de Recaudación, Control y Registro, hace llegar el proyecto de Ordenanza Municipal que establece beneficios tributarios para el año 2017 en el distrito de Paramonga; Que, respecto a lo precedente, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Opinión Legal Nº 0442017-SGAJ/MDP, de fecha 20 de febrero del 2017, emite opinión favorable para su aprobación por el pleno del Concejo Municipal en la próxima sesión de concejo, debiéndose evaluar y debatir el proyecto conforme al Art. 9 de la L.O.M, a fin que se convierta en una norma jurídica de alcalde local, oyendo también a la Comisión Permanente de Gestión Municipal, a efectos de orientar en todo sentido el trámite de aprobación del proyecto de norma propuesta, ya que es atribución exclusiva del Concejo Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; así como crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios y derechos, conforme a las normas citadas; Estando, a los fundamentos expuestos y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de marzo del 2017, el Pleno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Paramonga, con el voto UNANIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE SE ESTABLECE BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA EL AÑO 2017 EN EL DISTRITO DE PARAMONGA. Artículo Primero.- OBJETIVO La presente ordenanza tiene como objetivo establecer el régimen de beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del Distrito de Paramonga que efectúen el pago de sus obligaciones tributarias dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- CONCÉDASE, el beneficio tributario de condonación de 100% de recargos e

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