Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

· Sub Gerencia de Gestión Tecnológica · Oficina de Programación Multianual de Inversiones ­OPMI. Gerencia de Cooperación Técnica Nacional e Internacional. (...) Artículo 58º: La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, para el cumplimiento de sus funciones, cuenta con las siguientes unidades orgánicas: Sub Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo Institucional; Sub Gerencia de Gestión Tecnológica y la Oficina de Programación Multianual de Inversiones. Artículo 66º.- La Oficina de Programación Multianual de Inversiones ­OPMI está a cargo de un (01) funcionario con rango de Sub Gerente, designado por el Alcalde a propuesta del Gerente Municipal, depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 67º: Son funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones -OPMI: a) Ser responsable de la fase de Programación Multianual del Ciclo de Inversión en el ámbito de las competencias regionales o locales, según corresponda. b) Elaborar el PMI del GR o GL, en coordinación con las UF y UEI respectivas, presentándolo al Órgano Resolutivo para su aprobación, para tal efecto tendrán en consideración las políticas sectoriales nacionales que correspondan. La OPMI también coordinará con las entidades agrupadas o adscritas a su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, respectivamente. c) Proponer al Órgano Resolutivo los criterios de priorización de la cartera de proyectos, incluidos aquellos en continuidad de inversiones, y las brechas identificadas, a considerarse en el PMI regional o local, los cuales deben tener en consideración los objetivos nacionales, los planes sectoriales nacionales, los planes de desarrollo concertados regionales o locales y ser concordante con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual cuya desagregación coincide con la asignación total de gastos de inversión establecida por el Sistema Nacional de Presupuesto. d) Verificar que la inversión a ejecutarse se enmarque en el PMI regional o local. e) Elaborar y actualizar, cuando corresponda, la cartera de proyectos de inversión priorizada. f) Informar a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas sobre los proyectos de inversión a ser financiados con recursos provenientes de operaciones de endeudamiento público mayores a un (01) año o que cuenten con el aval o garantía financiera del Estado, solicitando su conformidad como requisito previo a su incorporación en el PMI. g) Registrar a los órganos del GR o GL que realizarán las funciones de UF y UEI, así como a sus Responsables, en el aplicativo que disponga la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones. h) Realizar el seguimiento de las metas de producto e indicadores de resultados previstos en el PMI, realizando reportes semestrales y anuales, los cuales deben publicarse en el portal institucional del GR o GL. i) Monitorear el avance de la ejecución de las inversiones, realizando reportes en el Sistema de Seguimiento de Inversiones. j) Realizar la evaluación ex post de los proyectos de inversión, que cumplan con los criterios que señale la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, cuyos resultados se registrarán en el Banco de Inversiones. k) La OPMI de cada Sector coordina y articula con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para la consideración de la política sectorial en los PMI regional y local; y la generación de sinergias durante la ejecución de las inversiones a cargo de cada nivel de gobierno, evitando la duplicación en el uso de los recursos públicos. l) Remitir a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el proyecto del Plan Operativo de su área para cada año fiscal elaborado por su Centro de Costos bajo los

criterios señalados en el Aplicativo CEPLAN, el Cuadro de Necesidades correspondiente, su proyecto de Manual de Organizaciones y Funciones (M.O.F.), el Manual de Procedimientos (MAPRO), así como las evaluaciones trimestrales y anuales de su Plan Operativo. m) Concluida la identificación de las brechas y restablecidos los criterios de priorización, la OPMI remite la relación y detalle de los mismos al OR para su aprobación. El OR deberá comunicar la aprobación de los mismos a la OPMI. n) Remitir el Informe sobre la Proyección y Planificación Multianual de Inversiones a la Alta Dirección (Alcaldía y Gerencia Municipal), a fin de efectuar las acciones de Seguimiento, Supervisión y Control. ñ) Participar en la elaboración y priorización de los proyectos de Presupuesto Participativo. o) Ejecutar otras funciones que le sean encargadas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en temas de su competencia. Artículo Segundo.- El Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de Lurigancho Chosica queda adecuado conforme a la modificación aprobada por el Artículo Primero que precede y que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- RATIFICAR lo dispuesto por la Ordenanza Nº153-MDLCH y su modificatoria Ordenanza Nº 208-MDL en lo demás que contiene. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Administración y Finanzas, formular y sustentar las modificaciones de los instrumentos de gestión que resulten necesarios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera: Facúltese al señor Alcalde Distrital para que mediante Decreto de Alcaldía pueda aprobar las Normas Reglamentarias o complementarios para su correcta aplicación. Segunda: Deróguese todas las disposiciones normativas que se opongan a las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza. Tercera: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta: Encargar a la Secretaría General la difusión y publicación en el Diario Oficial El Peruano. Quinta: Disponer que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica publique en el Portal Institucional la presente publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1513921-1

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Ratifican el Plan de Seguridad Ciudadana actualizado del Distrito de Puente Piedra 2017
ORDENANZA Nº 310-MDPP Puente Piedra, 24 de abril del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha, 24 de Abril del 2017, el Informe Nº 008-2017-MDPP/STCODISEC del Secretario Técnico del Comité de Seguridad Ciudadana, solicita la ratificación de la aprobación del Plan de Seguridad Ciudadana actualizado del Distrito de Puente Piedra 2017, el Informe Legal Nº 041-2017- GAJ/ MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

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