Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2017 (28/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de abril de 2017 /

El Peruano

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN Nº 0125-A-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01425-C01 EL TAMBO - HUANCAYO - JUNÍN CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintitrés de marzo de dos mil diecisiete VISTOS la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Delicia Rojas Cunza, subgerente de la secretaria general de la Municipalidad Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, recibida el 9 de diciembre de 2016, debido a que se declaró la suspensión del regidor Melitón Vega Collana, por la causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, así como el Oficio Nº 13-2017-MDT-A/ SG, recibido el 21 de marzo de 2017. ANTECEDENTES Mediante Oficio Nº 046-2016-MDT/A/SG (fojas 1), Delicia Rojas Cunza, subgerente de la secretaría general de la Municipalidad Distrital de El Tambo elevó los actuados sobre la declaración de suspensión del regidor Melitón Vega Collana por incurrir en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Este Supremo Tribunal Electoral, a través de la Resolución Nº 0048-2017-JNE, del 25 de enero de 2017 (fojas 110 a 112), declaró nulo el acto de notificación del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 246-2016-MDT/CM/ SO, del 20 de octubre de 2016, dirigido al mencionado regidor y requirió que Aldrín Zárate Bernuy, alcalde de la Municipalidad Distrital de El Tambo, dentro del plazo de tres días hábiles, cumpla con notificar al regidor la copia certificada del acuerdo que lo suspende, respetando las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Así, con fecha 21 de marzo de 2017, mediante Oficio Nº 13-2017-MDT-A/SG (fojas 119), la subgerencia de la secretaría general de la referida comuna edil informa respecto al cumplimiento de lo señalado en la Resolución Nº 0048-2017-JNE. CONSIDERANDOS 1. Conforme al numeral 4 del artículo 25 de la LOM, el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por acuerdo de concejo "por sanción impuesta por falta grave de acuerdo al reglamento interno del concejo municipal". 2. Ahora bien, a diferencia de lo que ocurre con los procedimientos de declaratoria de vacancia, en los que se exige legalmente el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de los miembros del concejo municipal para que proceda la vacancia de una autoridad municipal, la ley no exige ningún régimen de mayoría calificada para que se suspenda a un alcalde o regidor, resulta suficiente para tal efecto que se registre el voto aprobatorio de la mitad más uno de los asistentes a la sesión de concejo. 3. Así, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de

suspensión, conforme a lo prescrito en los artículos 23 y 25 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento. 4. En el presente caso, se corrobora que, en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2016 (fojas 96 a 108), el concejo distrital declaró la suspensión del regidor Melitón Vega Collana por falta grave de acuerdo al Reglamento Interno del Concejo Municipal. Esta decisión se notificó válidamente a la autoridad afectada el 20 de febrero de 2017 (fojas 123 a 126). 5. Asimismo, a fojas 120 a 122, obra el Informe Nº 110-2017-MDT-A/SG, del 15 de marzo de 2017, emitido por la subgerencia de la secretaria general de la municipalidad, que indica lo siguiente: Siendo que, desde el 20 de febrero de 2017, que se notificó la copia certificada del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 246-2016-MDT/CM/SO, a la actualidad y habiendo transcurrido en sobremanera el plazo de 15 días hábiles [...], hago constar que no se ha interpuesto recurso impugnatorio o documento alguno contra el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 246-2016-MDT/CM/ SO, por lo que dicho acto resolutivo SE ENCUENTRA CONSENTIDO Y FIRME [...]. 6. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, procede convocar a Miguel Ángel Pecho Huamán, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 20722918, para que asuma, de manera provisional, por el periodo de treinta días calendario, el cargo de regidor del Concejo Distrital de El Tambo. 7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 24 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.DEJAR SIN EFECTO, provisionalmente y por el periodo de treinta días calendario, la credencial otorgada a Melitón Vega Collana como regidor del Concejo Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014, por incurrir en la causal de suspensión establecida en el numeral 4 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR, de manera provisional, por el periodo de treinta días calendario, a Miguel Ángel Pecho Huamán, identificado con DNI Nº 20722918, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de El Tambo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo acredite como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General (e) 1514304-1

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