Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2017 (06/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 6 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan el funcionamiento de Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos de inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 068-2017-SMV/02 Lima, 3 de agosto de 2017 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2017001609, así como el Informe Nº 711-2017-SMV/10.2 del 31 de julio de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 106-2016-SMV/10.2

del 4 de octubre de 2016, se otorgó a los señores Martín Alejandro Bedoya Benavides, Juan Carlos Tassara García y Jorge Martín Ruiz Ortiz, la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A., que también podrá utilizar la denominación abreviada Core Capital SAFI S.A.; Que, Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV autorización de funcionamiento para actuar como una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, el artículo 18º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 029-2014-SMV/01, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión; Que, a efectos de verificar que Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida sociedad el 10 y 14 de julio de 2017; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Core Capital Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y de la visita de inspección efectuada, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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