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56 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2017 / El Peruano ITEM JJRR DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 10 AYACUCHO AYACUCHO HUANTA CHACA 11 AYACUCHO APURIMAC CHINCHEROS LOS CHANKAS 12 CUSCO CUSCO LA CONVENCION MEGANTONI 13 HUANCAVELICA HUANCAVELICA TAYACAJA ROBLE 14 HUANUCO HUANUCO LEONCIO PRADO CASTILLO GRANDE 15 HUANUCO HUANUCO HUANUCOSAN PABLO DE PILLAO 16 HUANCAYO JUNIN SATIPO VIZCATÁN DEL ENE 17 AYACUCHO AYACUCHO LA MAR ORONCCOY Artículo Segundo.- Excluir del registro de extranjeros para el presente proceso Electoral al distrito de La Yarada Los Palos conforme a lo señalado en el artículo 7º de la Ley Nº 26864 Ley de Elecciones Municipales; por tratarse de un distrito considerado zona de frontera con el país de Chile; Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial a las Gerencias de Operaciones Registrales, Registros de Identi fi cación, de Tecnología de la Información, de Registro Electoral en lo que corresponda, de acuerdo a lo señalado en los artículos precedentes y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, publíquese y cúmplase.TATIANA IRENE MENDIETA BARRERA Secretaria General 1557204-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 3157-2017 Lima, 10 de agosto de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por la señora Sol Hillary Refulio Chamorro para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 31 de enero de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Sol Hillary Refulio Chamorro, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas;En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Sol Hillary Refulio Chamorro con matrícula N° N-4573 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1556581-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 3158-2017 Lima, 10 de agosto de 2017EL SECRETARIO GENERALVISTA:La solicitud presentada por la señora Ana María Torrealva Avalos para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A, Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 31 de enero de 2017, cali fi có y aprobó por unanimidad la solicitud de la señora Ana María Torrealva Avales, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de ia facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Ana María Torrealva Avalos con matrícula N° N-4574 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia.