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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (23/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2017 El Peruano / Provincial de San Martín, encargado de evaluar los proyectos que sean presentados, a esta Municipalidad, mediante el mecanismo de Asociación Público Privadas y Proyectos en Activos, en el marco de las funciones que se le con fi ere en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su reglamento, el mismo que queda conformado de la siguiente manera: - Gerente Municipal –MBA. Juan Manuel Oliveira Arévalo. (PRESIDENTE). - Gerente de Desarrollo Económico Gestión Ambiental y Turismo – Lic. Adm. César A. Reátegui Pacheco. (MIEMBRO) - Secretario General - Abog. Wilson Javier Pérez Guevara. (MIEMBRO) Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Imagen Institucional de esta municipalidad la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El peruano, así como poner en conocimiento de la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas dentro del plazo de Ley. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE a todas las Gerencias de la Municipalidad Provincial de San Martín. Artículo Cuarto.- DÉJESE SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 0764-2016-A/MPSM. Regístrese, comuníque, y cúmplase.WALTER GRUNDEL JIMÉNEZ Alcalde 1556635-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHERO Autorizan viaje de alcalde a la República de Korea, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 053-2017-MDCH/SG Chinchero, 11 de agosto del 2017EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHERO VISTO:El documento remitido por el Ministerio de Terrenos, Infraestructura y Transporte de la República de Korea y el Acta de Sesión Ordinaria Nº 015-2017 de fecha 03 de agosto de 2017, bajo la convocatoria y presidencia del señor Alcalde Ing. GUALBERTO SALLO HUALLPAYUNCA, y la presencia de los señores Regidores MYRIAN CUBA CALLAÑAUPA, WILBERT AUCCACUSI QUISPE, FERDINAN PUMASUPA MESCCO, SEGUNDINO HUAMAN CUSIHUAMAN y HEBERT CONDORI ENRIQUEZ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales “(. . .) Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (. . .)”. Les corresponde dentro de su jurisdicción la coordinación y ejecución de los planes y programas socio - económicos locales, así como la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a Ley, en concordancia con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el inciso 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece:“Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, señala: “Durante el Año Fiscal 2017, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil. siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619. Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y sus normas reglamentarias. // La O fi cina General de Administración de la entidad o la que haga sus veces, antes de la autorización de los gastos en materia de viajes al exterior (los viáticos y pasajes), para la participación de las personas señaladas en el numeral 10. 1 debe veri fi car que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro organismo (...)”; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, preceptuando que estas serán autorizadas por la más alta autoridad de la respectiva entidad. Del mismo modo, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre dichas autorizaciones, precisando el monto que corresponde a la escala de viáticos para los diferentes países del orbe por zonas geográ fi cas; Que, mediante el documento pertinente, el Ministerio de Terrenos, Infraestructura y Transporte de la República de Korea invita al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chinchero para participar en el “Smart Geospatial Expo 2017 - International Meeting for the Advancement of Geospatial Information Cooperation”, que se llevará a cabo en la ciudad de Seúl, del 30 de agosto al 01 de septiembre del año en curso; Que, el artículo 41 º de la ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades preceptúa: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 03 de agosto de 2017, el Concejo Municipal en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, luego del análisis y el debate correspondiente de este Colegiado, con el voto unánime de los Señores (as) Regidores (as), y con dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Ing. Gualberto Sallo Huallpayunca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chinchero, el viaje a la ciudad de Seúl - República de Korea, del 30 de agosto al 01 de septiembre, para participar en el “Smart Geospatial Expo 2017 - International Meeting for the Advancement of Geospatial Information Cooperation, conforme lo autorizado por el pleno del Concejo Municipal. Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE, el presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme lo establecido en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, el presente Acuerdo de Concejo Municipal al interesado, Gerencia Municipal y demás áreas que corresponda para su conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUALBERTO SALLO HUALLPAYUNCA Alcalde 1556652-1