Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2017 (28/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

24
COD B-16 INFRACCIÓN

NORMAS LEGALES
CALIFICACIÓN MG

Lunes 28 de agosto de 2017 /

El Peruano
RESPONSABLE SOLIDARIO

SANCIÓN UIT% 5%

MD. ACCESORIAS

Por el uso de cualquier tipo de lunas de seguridad o micas oscurecidas, polarizadas o acondicionadas, o en los paneles laterales y posteriores; así como pegatinas, adhesivos, calcomanías o Stickers que dificulten la visibilidad del interior del vehículo. Prestar el servicio en un vehículo menor, el cual haya sido modificado con algún elemento exterior, ya sea en el chasis o en la fibra. Prestar el servicio especial sin haber realizado el Curso de Educación y Seguridad Vial. Por dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares autorizados o esquinas. Prestar el servicio especial sin contar con el uniforme que se indica en el artículo 38 literal m), sin cuidar la apariencia y el aseo personal Transportar materiales suspendidos en el chasis y/o arrastrarlo en la superficie Estacionar sobre aceras, bermas centrales, jardines, separadora y rampas para minusválidos. Por causar ruidos molestos (volumen de equipo sonido y/o los ocasionados por silenciadores acoplados del sistema turbo). Prestar el servicio en un vehículo menor en mal estado de conservación y/u operatividad. No contar con botiquín o maletín de primeros auxilios debidamente implementados para su uso. Prestar el servicio especial sin portar el Carnet de Educación y Seguridad Vial. Que el conductor preste el servicio en vehículo menor, transportando mercancía sin estibarla, atarla ni protegerla con los elementos necesarios para evitar que se desplace o caiga del vehículo.

Internamiento del Persona jurídica vehículo menor al autorizada por la Depósito Municipal multa pecuniaria Internamiento del Persona jurídica vehículo menor al autorizada por la Depósito Municipal multa pecuniaria

B-17

MG

5%

B-18 B-19 B-20

MG G G

5% 3% 3% Persona jurídica autorizada por la multa pecuniaria

B-21 B-22 B-23 B-24

G G G G

3% 3% 3% 3% Persona jurídica autorizada por la multa pecuniaria

B-25 B-26 B-27

L L L

2% 2% 2%

c) Infracción del Conductor y/o Propietario No Autorizado por la Municipalidad.
COD C-1 INFRACCIÓN Prestar el servicio especial en un vehículo no Autorizado por la municipal distrital de San Juan de Miraflores (no tendrá el beneficio del descuento del 50%, indicado en el artículo 50 de la presente ordenanza)* CALIFICACIÓN MG* SANCIÓN UIT% 25 % MD. ACCESORIAS Internamiento del vehículo menor al Depósito Municipal RESPONSABLE SOLIDARIO

1559019-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA
Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) incorporando la función de vigilancia sanitaria de la inocuidad agroalimentaria de alimentos primarios y piensos, en el transporte y comercialización a la Unidad, Subgerencia o Dirección de Salud Pública
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2017-CM/MDP EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PATIVILCA

VISTO: El acuerdo de concejo Nº 045-2017-CM/MDP, donde se aprueba la modificación del reglamento de organización de funciones (ROF) incorporando la función de vigilancia sanitaria de la inocuidad agroalimentaria de alimentos primarios y piensos, en el transporte y comercialización a la unidad de administración del Mercado, subgerencia de servicio público, en sesión ordinaria del 19 de junio de 2017; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son de órganos de gobierno, local, tienen autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de competencia. Que la Ley de Bases de la Descentralización Ley 27783, en artículo 42º, inciso c) indica como competencia exclusiva el administrar y reglamentar los servicios públicos locales, destinados a satisfacer las necesidades colectivas de carácter local. Que la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo II del título preliminar, señala que las municipalidades gozan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo el numeral 8) del artículo 9º de dicha ley

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