Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2017 (28/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 28 de agosto de 2017 /

El Peruano

autorizado. En el mismo plazo deberán realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación, a favor de los comisionados cuyos viajes se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1558790-3

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a Bolivia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 791-2017-IN Lima, 24 de agosto de 2017 VISTOS; la Carta Cite Nº 381/17, de fecha 20 de junio de 2017, de la Jefatura Nacional del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga de la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico de la Policía Boliviana, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 253-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de julio de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 0012462017/IN/OGAJ, de fecha 16 de agosto de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Cite Nº 381/17, de fecha 20 de junio de 2017, la Jefatura Nacional del Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga de la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico de la Policía Boliviana hace extensivo una invitación a la Agregaduría Policial de la Embajada del Perú, a fin que personal policial de la Policía Nacional del Perú participe en el "XIV Curso Internacional de Guías de Canes Detectores de Droga", a realizarse del 4 de setiembre al 2 de diciembre de 2017, en la localidad de El Paso, ciudad de Cochabamba, Departamento de Cochabamba ­ Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 253-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 26 de julio de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Suboficial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Jhon Jeiser Acuña Díaz, propuesto por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en la localidad de El Paso, ciudad de Cochabamba, Departamento de Cochabamba ­ Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 de setiembre al 3 de diciembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo lograr que los estudiantes, mediante el entrenamiento teórico ­ práctico, reciban una adecuada especialización y capacitación sobre el adiestramiento de canes, quienes a través de su agudeza olfativa minimizan considerablemente el tiempo y la fuerza de trabajo en la búsqueda de sustancias ilegales, lo cual coadyuva en la lucha contra el narcotráfico; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes

referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alimentación, hospedaje, equipos y material de entrenamiento, son asumidos por Centro de Adiestramiento de Canes Detectores de Droga de la Dirección General de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico de la Policía Boliviana y la Unidad Ejecutora Lucha Contra el Narcotráfico ­ Bolivia, conforme lo precisa la Carta Cite Nº 381/17, de fecha 20 de junio de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 4549-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, de fecha 24 de julio de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

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