Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2017 (02/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de diciembre de 2017 /

El Peruano

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONGO; POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE CORONGO; Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía económica, administrativa y política, en los asuntos de su competencia, la precitada autonomía se encuentra regulada en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en el numeral 11 del Art. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, prevé la procedencia de la indicada autorización de viaje, la misma que deberá estar debidamente sustentada sobre el interés nacional o institucional y debidamente aprobada en Acuerdo de Concejo, por ser el Concejo Municipal la máxima autoridad dentro de la estructura municipal de nuestra entidad; Que, en el artículo 2º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece el contenido de acto de autorización de viajes al exterior se deberá sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; Que, mediante expediente administrativo Nº 2511 ­ OFICIO Nº 001174 ­ 2017/DDC ANC/MC, se hizo efectiva la invitación por parte de la Dirección Desconcentrada de Cultura ­ Ancash, dirigida al Señor Alcalde Provincial de

Corongo para que sea quien forme parte de la delegación que viajará a la Isla de Jeju, República de Corea en su Calidad de Primera Autoridad de la Provincia de Corongo, a fin de participar en la evaluación de inscripción del "Sistema Tradicional de Jueces de Agua de Corongo" en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad; por ahí encontrarse la sede de la UNESCO; De conformidad con lo establecido en la ley Nº 27619 Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el D.S Nº 047-2002PCM y modificatorias que regulan actos de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y estando a sus atribuciones el Concejo Municipal de Corongo en pleno y, en Sesión Ordinario Nº 022-2017, aprobó el siguiente ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORÍCESE el viaje de comisión oficial del Señor Silvio Gerardo Salazar Murillo, Alcalde Provincial de Corongo, a la Isla Jeju de República de Corea, sede de la UNESCO para ser partícipe de la inscripción del "Sistema Tradicional de Jueces de Agua de Corongo" en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad; viaje que tendrá lugar a partir del dos (2) al nueve (9) de diciembre del año en curso. Artículo Segundo.- DISPONER, al área de Secretaría General para la publicación de lo dispuesto en la presente norma. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Gerencia Municipal, área de Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Provincial de Corongo, el trámite administrativo presupuestal que requiera; según lo establecido en el primer artículo del Acuerdo Municipal Nº 034-2017/MPC Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase. SILVIO G. SALAZAR MURILLO Alcalde 1592944-1

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