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56 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2017 / El Peruano Autorizan la certificación y registro de profesionales como Evaluadores de Competencias Profesionales en las carreras de Arquitectura, Derecho, Química, Tecnología Médica, Terapia Física y Rehabilitación, Ingeniería Sanitaria y Medicina Veterinaria RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 424-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 27 de noviembre de 2017VISTO: El Informe N° 000100-2017-SINEACE/DEC-ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Superior Universitaria del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del Reglamento de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, aprobado con el Decreto Supremo N° 018-2007-ED establece que, para ser autorizado como entidad certi fi cadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y de uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certi fi cados por el órgano operador competente; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Superior Universitaria, sustenta el Informe Técnico N°000017-2017-SINEACE/RSR-DEC-ESU, relacionado con la Segunda Jornada de evaluación para certi fi cación de Evaluadores de Competencias Profesionales 2017 y, recomienda la certi fi cación y registro de 21 participantes: 09 Arquitectos; 03 Abogados; 01 Químico; 04 Tecnólogos Médicos en Terapia física y rehabilitación; 02 Ingenieros Sanitarios; y, 02 Médicos Veterinarios, los mismos que cumplen con los requisitos para ser certi fi cados y registrados como evaluadores de competencias; Que, mediante informe N°000290-2017-SINEACE/P- ST-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, es de opinión que lo propuesto por la DEC ESU, a través del documento de visto, se encuentra de acuerdo a la normativa aplicable, recomendando en tal sentido, se atienda conforme a lo requerido; Que, en ejercicio de la prerrogativa otorgada por el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 303-2017-CDAH de sesión del 18 de octubre 2017; y, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la certi fi cación y registro como Evaluadores de Competencias Profesionales en las carreras de Arquitectura, Derecho, Química, Tecnología Médica, Terapia Física y Rehabilitación, Ingeniería Sanitaria y Medicina Veterinaria, a los profesionales comprendidos en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de cinco (05) años. Artículo 2°.- Registrar en el “Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Superior Universitaria”, a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web del Sineace. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1592583-2 Autorizan la certificación y registro de Evaluadores de Competencias para las ocupaciones de “Extensionista Rural en ganadería de bovinos”, “Extensionista en el manejo productivo del cuy” y “Productor del palto” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 425-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 27 de noviembre de 2017VISTOS:Los Informes N°000085-2017-DEC-EBTP/ SINEACE, N° 000087-2017-DEC-EBTP/SINEACE y N° 000093-2017-SINEACE/DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, la Dirección de Evaluación y Certi fi cación de Educación Básica y Técnico Productiva mediante documentos de vistos; así como los Informes N° 38-2017-SINEACE/DEC-EBTP-SBT, N° 000021-2017-VAP-DEC-EBTP/SINEACE y N° 000043-2017-SINEACE/DEC-EBTP-YBT; propone la certi fi cación de evaluadores de competencias para las ocupaciones de: “Extensionista Rural en ganadería de bovinos”, once (11) evaluadores; “Extensionista en el manejo productivo del cuy”, diecisiete (17) evaluadores; y “Productor de palto”, seis (06) evaluadores; quienes aprobaron las evaluaciones correspondientes; Que, mediante Informes N°000291-2017-SINEACE/ P-ST-OAJ, N° 000296-2017-SINEACE/P-ST-OAJ y N° 000300-2017-SINEACE/P-ST-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que los expedientes en referencia