Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2017 (02/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Sábado 2 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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6.3.2. El supervisor de tiro tiene las siguientes obligaciones: a) Instruir a los administrados sobre las medidas de seguridad, manejo y uso de armas de fuego en la cabina o línea de tiro. b) Designar la cabina o línea de tiro a cada persona natural. c) Evaluar el examen de conocimiento práctico y tiro de arma de fuego. d) Observar el comportamiento individual de las personas naturales, a fin de detectar personas alteradas, nerviosas o con rasgos extraños que ameriten una intervención inmediata. e) Realizar el mantenimiento de las armas de fuego que serán utilizadas para la evaluación de tiro. f) Dirigir el examen de tiro. g) Hacer conocer a los administrados que el personal encargado del polígono de tiro no lo capacitará o instruirá en el uso del arma, sino que lo evaluará, y que por lo tanto los conocimientos y la práctica deberán ser adquiridos antes del examen. h) Evitar colocarse delante de la línea de tiradores, sin adoptar las precauciones del caso. i) Disponer la limpieza del arma, cuando en la diligencia de verificación de las mismas, se detecten cuerpos extraños, en especial en el cañón de las armas. 6.4. De las obligaciones de los Auxiliares de Apoyo 6.4.1. Los auxiliares de apoyo en todo momento asistirán al responsable del polígono, galería de tiro

o campo de tiro, así como al supervisor de tiro en las labores administrativas. 6.4.2. El supervisor de tiro tiene las siguientes obligaciones: a) Colaborar en el ordenamiento de los administrados antes de su ingreso a la sala de tiro. b) Colaborar con el Supervisor de Tiro en mantener el orden y disciplina de los administrados que esperan su turno para su examen dentro de la sala o el área destinada al ejercicio de tiro. c) Colaborar con el responsable y Supervisor de Tiro, en la labor de registros respectivo. d) Asistir en labores administrativas para el adecuado desarrollo del examen de conocimiento teórico, práctico y tiro. e) Imprimir las constancias de examen de conocimiento teórico, práctico y de tiro de arma de fuego de uso civil y encargarse de realizar la entrega correspondiente a los administrados. 6.5. De las obligaciones de medidas de seguridad que deben cumplir los administrados en el examen del manejo de armas de fuego: 6.5.1 Los administrados, para el examen del manejo de armas de fuego, deberán cumplir con las obligaciones de medidas de seguridad que a continuación se detallan, caso contrario será causal de desaprobación, cuyo resultado será consignado en la evaluación práctica del arma de fuego:

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
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