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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (06/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de diciembre de 2017 / El Peruano del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Maribel Pari Chambi, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, designándola en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalado en el artículo primero de la presente resolución, tenga vigencia a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2017. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1594510-16 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4414-2017-MP-FN Lima, 5 de diciembre de 2017VISTO:El o fi cio N° 826-2017-FS/CFEMA-FN, cursado por la Fiscal Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional. CONSIDERANDO:Que, mediante el documento de visto, se propone la conversión de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, en Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Sullana y su traslado hacia la provincia de Sullana, debido a la necesidad de contar con personal fi scal en ese subsistema, para coadyuvar a lograr una e fi caz lucha contra los delitos cometidos en materia ambiental, tales como: deforestación, tala y minería ilegal, trá fi co ilegal de especies de fl ora y fauna silvestre, trá fi co ilegal de especies acuáticas de la fl ora y fauna silvestre, entre otros. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 062-2011-MP-FN-JFS, de fecha 28 de junio de 2011, se creó el Distrito Fiscal de Sullana, con diferentes Despacho Fiscales; sin embargo, no se dispuso la creación de una Fiscalía Especializada en Materia Ambiental. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 565-2013-MP-FN, de fecha 28 de febrero de 2013, se amplió la competencia de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Sullana, para prevenir e investigar en adición a sus funciones, los casos por delitos ambientales previstos en el Título XIII del Libro Segundo del Código Penal, que se produzcan en las provincias de Sullana, Talara y Ayabaca. Que, con el o fi cio N° 315-2017-MP-FN-OCPF, el Gerente (e) de la O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, remite la carga fi scal de los Despachos de la Primera y Segunda Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Ayabaca, así como de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Sullana, conforme a lo registrado en el Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (SIATF) y en el Sistema de Gestión Fiscal (SGF), lo cual corresponde al período entre el 01 de enero y 28 de agosto de 2017. Que, a través del oficio N° 712-2017-MP-FN-ETI- NCPP/ST, el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, considera factible la propuesta señalada, siendo posible que la carga laboral de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca sea redistribuida a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, la misma que cuenta en su estructura con un (01) fiscal provincial y (01) fiscal adjunto provincial. Que, en el Distrito Fiscal de Sullana se ha registrado una alta incidencia delictiva en materia ambiental, lo que ha originado el incremento de la carga laboral de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Sullana, de manera que, actualmente, dicha Fiscalía tiene un elevado número de carpetas fi scales en trámite, presentándose la necesidad de contar con una Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, para poder tramitar oportunamente la carga existente y realizar un mejor ejercicio de sus funciones. Que, estando a que, a la fecha, la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca cuenta con una carga laboral manejable, es factible que sea trasladada hacia la provincia de Sullana y convertida en Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal de Sullana. Que, el Fiscal de la Nación, como titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones pertinentes, a fi n de fortalecer la función fi scal en el Distrito Fiscal de Sullana, garantizando de tal manera un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. En tal sentido, al existir la necesidad de dar solución a la problemática señalada, resulta indispensable expedir el resolutivo respectivo que disponga el traslado del Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, hacia la provincia de Sullana, con todo su personal fi scal y su posterior conversión, en Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, con sede en la provincia de Sullana, con carácter permanente, para lo cual se cuenta con los consentimientos respectivos de los fi scales titulares; haciendo la precisión que mediante comunicación telefónica, la Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana señaló que no sería necesario el traslado del personal administrativo de la referida fi scalía. Asimismo, deberán darse por concluidas las designaciones de los fi scales del Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca y designárseles en el Despacho de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, con sede en la provincia de Sullana. Del mismo modo, es menester convertir la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, en Fiscalía Provincial Penal de Ayabaca y adecuar las designaciones de su personal fi scal, según corresponda. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Trasladar el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, hacia la provincia de Sullana, con todo su personal fi scal. Artículo Segundo.- Convertir la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, en Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, con sede en la provincia de Sullana, con carácter permanente. Artículo Tercero.- Convertir la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, en Fiscalía Provincial Penal de Ayabaca, con carácter permanente. Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación del abogado Néstor Luis Sosa Carrillo, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Ayabaca, Distrito Fiscal de Sullana, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ayabaca, así como su designación como Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Ayabaca materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2072 y 5244-2015-MP-FN, de fechas 22 de mayo y 22 de octubre de 2015, respectivamente.