Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2017 (08/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 8 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

27

públicos; los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que mediante resolución de su titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente; Que, mediante Decreto Supremo N° 160-2017-EF, se autoriza la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 13 574 165,00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES) a favor del pliego 038: Ministerio de la Producción, para financiar ciento cuarenta (140) Proyectos Nuevos de Emprendimiento Dinámico y de Alto Impacto; tres (03) Capacitaciones a Gerentes de Incubadoras o Entidades Afines; ocho (08) Proyectos Nuevos y ocho (08) Proyectos en Ejecución de Fortalecimientos de Incubadoras; así como, tres (03) Proyectos de Fomento de Capital de Riesgo en Emprendimiento Dinámico y de Alto impacto ­ Etapa Pre Operativa, todos en el marco del FOMITEC; Que, con la Resolución Ministerial N° 273-2017-PRODUCE, se aprueba la desagregación de los recursos autorizados por el mencionado decreto supremo antes citado, a favor del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 13 574 165,00 (TRECE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, provenientes del FOMITEC, destinados al financiamiento de los proyectos señalados en el considerando precedente; Que, a través del Oficio N° 478-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad remite a la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 102-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ /UPEG, de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, por la suma de S/ 147 603,47 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TRES Y 47/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en seis (6) desembolsos destinada a cofinanciar cinco (5) Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores, precisando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas subvenciones y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; Que, con el Memorando N° 1520-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustentado en el Informe N° 654-2017-PRODUCE/ OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales hasta por la suma de S/ 147 603,47 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TRES Y 47/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a cofinanciar la ejecución de los proyectos detallados anteriormente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional

de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de S/ 147 603,47 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TRES Y 47/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar la ejecución de los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología­FOMITEC y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Monitoreo Disponer que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1594634-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.