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16 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2017 / El Peruano Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Gobierno Regional del departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 361-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales; Que, mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a fi nanciar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser fi nanciados con los recursos del mencionado Fondo, será efectuada por una comisión multisectorial, cuya conformación y funciones se aprueba en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo con el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 006-2017 y el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), se incorporan en los pliegos respectivos en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, Donaciones y Transferencias y Recursos Determinados, según corresponda, señalando que dicha incorporación de recursos, en el caso de pliegos del gobierno regional y gobierno local, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial a que se refi ere el numeral 4.5 del artículo 4 de la citada Ley Nº 30458; asimismo, la priorización de actividades, proyectos e intervenciones de reforzamiento y demás inversiones que no constituyan proyectos, a ser fi nanciadas con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por la referida Comisión Multisectorial; Que, mediante Decreto Supremo N° 132-2017-EF, se aprueba la conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES) y se dictan las disposiciones reglamentarias para la gestión de los recursos de dicho Fondo; Que, mediante O fi cios N°s 4942 y 5162-2017-INDECI- FONDES/70.0, el Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud priorizada de fi nanciamiento en la Sesión Virtual de la Comisión Multisectorial del citado Fondo, aprobada mediante Acta Nº 05 de fecha 19 de octubre de 2017, hasta por la suma total de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 6 488 628,00); Que, el monto mencionado en el considerando precedente fi nanciará cuatro (04) Proyectos de Inversión Pública de Emergencia por el importe de TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 3 984 278,00) a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, la Municipalidad Distrital de Canoas de Punta Sal y la Municipalidad Distrital de Paccho; así como tres (03) Proyectos de Inversión de Emergencia por el importe de QUINIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 520 307,00) a favor de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Huancayre y la Municipalidad Distrital de San Lorenzo de Quinti; seis (06) Actividades de Emergencia por el importe de UN MILLÓN TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 1 346 218,00) a favor de la Municipalidad Provincial de San Marcos–Pedro Galvez, Municipalidad Distrital de Lurigancho y Municipalidad Distrital de La Merced; y nueve (09) Inversiones que no constituyen Proyectos de Inversión por el importe de SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO Y 00/100 SOLES (S/ 637 825,00) a favor de la Municipalidad Distrital de Ámbar; Que, asimismo, mediante O fi cio N° 5013-2017-INDECI- FONDES/70.0, el Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES) solicita la atención de la solicitud priorizada de fi nanciamiento aprobada mediante Acta N° 03 de fecha 19 de julio de 2017, hasta por la suma de SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 67 343,00), para fi nanciar un (01) Proyecto de Inversión de Emergencia a favor de Municipalidad Distrital de San Pedro de Palco; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 6 555 971,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales, para ser destinados al fi nanciamiento de lo señalado en los considerandos precedentes, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES); De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 006-2017; el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 30624; y el Decreto Supremo N° 132 -2017-EF; DECRETA:Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 6 555 971,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, destinados a fi nanciar lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados 6 555 971,00 ——————- TOTAL INGRESOS 6 555 971,00 =========== EGRESOS:SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 447 : Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica