Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2017 (14/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado

Año XXXIV - Nº 14321

NORMAS LEGALES
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO

JUEVES 14 DE DICIEMBRE DE 2017

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 364-2017-EF.- Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2018 de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales 1

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2018 de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 364-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del punto 3 numeral 53.1 del artículo 53 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias, la Dirección General de Presupuesto Público, en base a los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, dentro de lo que dispone el Capítulo VI del Título II de la Ley Nº 28411 citada en el considerando precedente, dichas Entidades en lo referente a la programación y formulación, aprobación, ejecución y evaluación presupuestaria, se sujetan, en las partes

que les sean aplicables, a lo establecido por dicha ley, así como a las Directivas que, para tal efecto, emita la Dirección General de Presupuesto Público; Que, asimismo, el numeral 74.1 del artículo 74 de la Ley Nº 28411 dispone que, corresponde a la Dirección General de Presupuesto Público emitir las Directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al Proceso Presupuestario de las entidades bajo su ámbito; Que, por su parte el numeral 1 del artículo 33 de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señala que las entidades de la Administración Pública cuyos presupuestos no formen parte del Presupuesto General de la República, deben aprobarse a más tardar el 15 de diciembre del año previo a su entrada en vigencia, por el órgano correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Presupuesto Consolidado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales y dictar las medidas que les permitan regular su proceso presupuestario para el Año Fiscal 2018; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias, y el artículo 33 de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos Apruébase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2018, de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de DOS MIL CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES (S/ 2 166 248 322,00), conforme el detalle siguiente:

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