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61 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2017 El Peruano / 4. Los Convenios de Fraccionamiento que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza se encontraran con Resolución de Pérdida de Fraccionamiento o en Ejecución de Cobranza Coactiva, serán bene fi ciarios de las disposiciones establecidas en los literales 1 y 2 del presente Artículo, PREVIA CANCELACIÓN DE DEUDA DETERMINADA POR EL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2017. 5. Las obligaciones tributarias determinadas como consecuencia de un procedimiento de Fiscalización Tributaria y/o Administrativa y que consten en las respectivas Resoluciones de Determinación y de Multa, podrán acogerse a los bene fi cios establecidos en los literales 1. y 2. del presente Artículo, PREVIA CANCELACIÓN DE LA DEUDA DETERMINADA POR IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL 2017. 6. Los contribuyentes y/o responsables que a la fecha de entrada de la vigencia de la presente Ordenanza, hayan cancelado el importe total de la deuda determinada por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2017, podrán acogerse a los bene fi cios señalados en los literales precedentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los pagos por concepto de Impuesto Predial, de Arbitrios Municipales de Barrido de Calles y/o Vías, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, Multas Tributarias, Multas Administrativas y Cuotas de Fraccionamiento, así como los recargos e intereses moratorios, que se hayan efectuado con anterioridad a la publicación de la presente Ordenanza, no serán materia de compensación y/o devolución. Segunda.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- La Gerencia de Rentas, deberá realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, para lo cual contará con el apoyo de la Gerencia de Comunicaciones, para la difusión respectiva, así como de las demás áreas de la Municipalidad en lo que fuera pertinente. Cuarta.- Déjese sin efecto: el Artículo 11º Efectos de la aprobación de la Solicitud de Fraccionamiento y el Artículo 14º.- Interés aplicable al Fraccionamiento, de la Ordenanza Municipal Nº 520/MC. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Vigencia y Plazo: El plazo para la CANCELACIÓN DE LA TOTALIDAD VENCIDA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2017 y poder acogerse al presente Bene fi cio Extraordinario de Regularización Tributaria y Administrativa, será desde el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” hasta el 31 de Enero del 2018, a cuyo término la Gerencia de Rentas, deberá proceder a cobrar la totalidad de las obligaciones incluidos los recargos, reajustes, intereses moratorios, gastos administrativos y costas procedimentales de las deudas tributarias impagas. Segunda.- Procedimientos de Fiscalización Tributaria y/o Administrativa: Disponer que en tanto se encuentre en vigencia la presente Ordenanza se mantendrá los procedimientos de Fiscalización Tributaria y/o Administrativa, o veri fi cación del cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y sustanciales, salvo que el contribuyente o responsable proceda a declarar las omisiones y/o subvaluaciones por obligaciones tributarias no prescritas. Tercera.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Fiscalización , Sub Gerencia de Control Municipal y Sanciones, Sub Gerencia de Recaudación y Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a Secretaría General su publicación y a la Gerencia de Comunicación Municipal, la divulgación y difusión de los bene fi cios otorgados y a la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico, su publicación el portal web de la Municipalidad de Comas: www.municomas.gob.pe POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1596968-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Amplían plazo de vigencia de la Ordenanza N° 349-2016-MDI, sobre reducción de multa y tolerancias en los parámetros urbanísticos para el procedimiento de regularización de licencia de edificación ORDENANZA Nº 000367-2017-MDI Independencia, 30 de noviembre de 2017EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de noviembre del 2017, Memorando Nº 2837-2017-GM-MDI de la Gerencia Municipal, Informe Nº 614-2017-GAL-MDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 994-2017-GPPR-MDI de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización y Memorando Nº 1473-2017-GDU-MDI de la Gerencia de Desarrollo Urbano sobre la Ampliación de Vigencia de la Ordenanza Nº 349-2016-MDI de Reducción de multa y tolerancias en los parámetros urbanísticos para el procedimiento de regularización de Licencia de Edi fi cación, y; CONSIDERANDO: Que, Artículo 194º de la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional y el Artículo 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional en concordancia con lo señalado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, en su Artículo 79º se establece la regulación el funcionamiento y actividades del sector público nacional y tienen la potestad de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de construcciones, remodelación o demolición de inmuebles y declaratorias de fábrica; Que, la Ordenanza Nº 349-2016-MDI, de fecha 26 de octubre del 2016, norma sobre la Reducción de multa y tolerancias en los parámetros urbanísticos para el procedimiento de regularización de Licencia de Edifi cación, la cual tenía una vigencia hasta el 25 de setiembre del 2017; Que, mediante Memorando Nº 1473-2017-GDU-MDI, de fecha 13 de octubre del 2017, la Gerencia de Desarrollo Urbano adjunta el Informe Técnico Nº 494-2017-CGPV-GDU-MDI que remite el Plan de Trabajo “Regularización de Licencia de Edi fi cación para el período 2017-2018”, donde se sustenta la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 349-2016-MDI, hasta el 25 de setiembre del 2018; Que, mediante Memorando Nº 994-2017-GPPR- MDI, de fecha 24 de octubre del 2017, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización expresa su acuerdo con la ampliación de la vigencia de la