Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2017 (14/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de diciembre de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ordenanza que crea el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaura Huacho y aprueba su estatuto
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2017/MPH Huacho, 25 de octubre de 2017 POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Huaura Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 20 de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que crea el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaura-Huacho SAT-Huacho y aprueba su estatuto; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobiernos locales personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, conforme lo dispone el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, los artículos 69º y 70º de la mencionada fórmula legal disponen que son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor, así como las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por el Concejo Municipal, los que constituyen ingresos propios. Que, el Artículo 173º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Huaura aprobado mediante ordenanza municipal Nº 41-2016/MPH establece que el Servicio de Administración Tributaria es un organismo público descentralizado de la Municipalidad Provincial, con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera que tiene por finalidad organizar y ejecutar la administración, fiscalización y recaudación de todos los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad; asimismo sus estatutos, regulación, funciones y normas para su funcionamiento se establecen mediante ordenanza municipal. Bajo este contexto, mediante Proveído Nº 1160-2017GAT/MPH la Gerencia de Administración Tributaria señala su conformidad respecto a la formulación del proyecto de Ordenanza que crea el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de HuauraHuacho SAT-Huacho y aprueba su estatuto; con opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 536-2017-GAJ/MPH e Informe Nº 117-2017GM/MPH de la Gerencia Municipal se eleva al Pleno del Concejo para la aprobación correspondiente. Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas en el art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal en forma unánime; aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE CREA EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA ­ HUACHO Y APRUEBA SU ESTATUTO Artículo Primero.- APROBAR la creación del Servicio de Administración Tributaria de Huaura - Huacho (SATHH) como Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Provincial de Huaura ­ Huacho con personería Jurídica del Derecho Público Interno y con

autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera en los asuntos de su competencia. Artículo Segundo.- APROBAR el Estatuto del Servicio de Administración Tributaria de Huaura - Huacho (SATHH) que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual consta de Siete (7) Títulos, Veintiséis (26) Artículos y una (01) Disposición Transitoria. Artículo Tercero.- El Servicio de Administración Tributaria de Huaura-Huacho (SATHH), tiene por finalidad organizar y ejecutar la administración, fiscalización y recaudación de todos los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad ejerciendo las siguientes funciones: a) Promover la política tributaria de la Municipalidad Provincial de Huaura ­ Huacho. b) Individualizar e identificar al sujeto pasivo de las obligaciones tributarias y no tributarias municipales. c) Determinar y liquidar la deuda tributaria. d) Recaudar los ingresos tributarios municipales por concepto de impuestos, contribuciones y tasas, así como los ingresos no tributarios tales como multas administrativas, papeletas e infracciones de tránsito y transporte público, entre otros que correspondan. e) Fiscalizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias a efecto de minimizar la evasión tributaria y elusión tributaria. f) Conceder al aplazamiento o el fraccionamiento de la deuda tributaria y no tributaria de acuerdo a ley. g) Resolver los reclamos que los contribuyentes presenten contra los actos administrativos de la Administración Tributaria Provincial, de conformidad con el artículo 70º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y al D.S. Nº 133-2013-EF Texto Único Ordenado del Código Tributario. h) Efectuar la ejecución coactiva para el cobro de las deudas tributarias municipales, así como el cobro de las multas e infracciones de todo ingreso de competencia de la Municipalidad. i) Informar y orientar adecuadamente a los contribuyentes sobre las normas y procedimientos que deben observar para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias. j) Sancionar el incumplimiento de las obligaciones tributarias. k) Elaborar las estadísticas tributarias. l) Celebrar convenios con otras Municipalidades Provinciales y Distritales para brindar asesoría y/o encargarse de la administración, recaudación y/o fiscalización de sus ingresos tributarios y no tributarios, para lo cual se requiere la aprobación y autorización del Concejo Provincial de Huaura - Huacho. m) Celebrar convenios de apoyo interinstitucional para el mejor desarrollo de sus funciones. n) Efectuar la cobranza de las sanciones por infracciones al tránsito y transporte público de acuerdo a sus competencias y convenios. o) Dar cumplimiento a las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal. p) Dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. q) Las demás que le asigne el Concejo Municipal. Artículo Cuarto.- El Servicio de Administración Tributaria de Huaura ­ Huacho (SATHH), es dirigido por un Jefe designado por el Alcalde de la Municipalidad de Huaura ­ Huacho con carácter de cargo de confianza. Ejerce la representación legal de la Entidad y le corresponde la aprobación de los reglamentos y manuales internos que rijan las actividades de la Institución. Cuenta con órganos de control institucional, de asesoramiento, de apoyo y de línea. Artículo Quinto.- Son recursos del Servicio de Administración Tributaria de Huaura ­ Huacho (SATHH), los siguientes: a) Los montos presupuestales asignados por la Municipalidad Provincial de Huaura - Huacho. b) El 10% del monto total recaudado por el Servicio de Administración Tributaria de Huaura ­ Huacho (SATHH). c) El 100% de los gastos administrativos y costas de

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