Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2017 (23/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de diciembre de 2017 /

El Peruano

ser Unidades Ejecutoras presupuestales, pero que por su especialidad realizan las funciones previstas en el mencionado artículo; Que, el numeral 4.5 del artículo 4 de la "Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada con Resolución Directoral Nº 0012017-EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral Nº 004-2017-EF/63.01, en adelante la Directiva, dispone que la UEI es la unidad orgánica de una entidad o de una empresa sujeta al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, designada por el Órgano Resolutivo y registrada por la OPMI para cada inversión en el aplicativo informático del Banco de Inversiones junto con su Responsable, mediante el Formato N° 03: Registro de la Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones, siendo que por su especialidad realiza las funciones de UEI establecidas por la normatividad de dicho Sistema; Que, en virtud de la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, se dispone que la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas realizará las funciones previstas en calidad de rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, ello, en tanto se aprueben los documentos para la estructuración organizativa institucional, conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1252; Que, mediante el Oficio N° 110-2017-EF/63.06, la Dirección General de Inversión Pública señala que el numeral 5.6 del artículo 5 de la Ley que establece el perfil profesional para el responsable de la OPMI y de la UF, no abarca a las UEI; sin perjuicio de ello, recomienda tener presente el numeral 4.5 del artículo 4 de la Directiva, donde se establece que las Unidades Ejecutoras de Inversiones serán designadas por el Órgano Resolutivo de su sector y serán registradas por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, mediante el Formato N° 3, Registro de Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones; Que, el artículo 1 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que el Ministerio de Educación es el rector de la Política de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria; Que, el artículo 132 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, señala que la gestión administrativa de las universidades públicas se realiza por servidores públicos no docentes de los regímenes laborales vigentes; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 594-2017-MINEDU se designó a la Unidad de Infraestructura y Servicios Generales como la UEI de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo y al señor Sebastián Rolando Ayala Beas como su responsable; Que, a través del Informe N° 0515-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, el responsable de la OPMI del Sector Educación designado mediante Resolución Ministerial N° 291-2017-MINEDU, presenta la propuesta de designación de cuatro (04) UEI y el cambio de responsable de la UEI de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; al respecto, la OPMI concluye que i) Ha verificado que las entidades evaluadas, Universidades Públicas, forman parte del Sector Educación y se encuentran comprendidas en el Anexo N° 04: Clasificador Institucional del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de la Directiva, ii) Ha verificado que los órganos y los responsables propuestos de dichas cuatro (04) Universidades Públicas, acreditan que forman parte de la estructura organizativa de dichas entidades y que funcionalmente son competentes para asumir labores de UEI, además señala que ha verificado que los profesionales propuestos cumplen lo señalado en el artículo 132 de la Ley Universitaria y están aptos para el ejercicio de la función pública, iii) Ha verificado que el profesional propuesto como reemplazo del responsable de la UEI de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo (señor José Luis Escobar Riveros) cumple con los requisitos para su designación por parte del Órgano Resolutivo;

Con el visado del Viceministro de Gestión Institucional, de la Secretaria General, del Secretario de Planificación Estratégica, del Jefe de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, del Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, y su modificatoria; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, y sus modificatorias; la Directiva Nº 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01, y su modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a las siguientes Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación, y sus responsables, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, según se detalla en el Anexo I que forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la designación del señor Sebastián Rolando Ayala Beas como responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, la cual fue realizada mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 594-2017-MINEDU; designando en su reemplazo al señor José Luis Escobar Riveros, conforme se detalla en el Anexo II que forma parte de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación registre en el aplicativo informático del Banco de Inversiones, las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Educación y sus responsables designados mediante la presente resolución, así como remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IDEL VEXLER T. Ministro de Educación 1600452-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan transferencia financiera a favor de la Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali Sociedad Anónima para el desarrollo de proyecto de electrificación rural
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2017-MEM/DM Lima, 21 de diciembre de 2017 VISTOS: El Memorando N° 0589-2017/MEM-DGER de fecha 22 de noviembre de 2017; el Informe N° 0742017-MEM/DGER-JAL-ROJ de fecha 22 de noviembre de 2017; el Memorándum N° 566-2017-MEM/DGER-JPEI de fecha 22 de noviembre de 2017; el Memorándum N° 900-2017-MEM/DGER-JEST y el Informe N° 509-2017-

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