Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2017 (23/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 23 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, de lo glosado en los precitados documentos, se establece que el interno QUEZADA CORDOVA, WILLIAM ALFREDO, se encuentra comprendido en el supuesto señalado en el literal a) del numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales, pues se trata de una persona que padece de una enfermedad terminal; Que, en el presente caso, la gravedad de la enfermedad se configura como un argumento en el que se justifica la culminación de la ejecución penal que conlleva la gracia, sin sacrificar los fines de la pena constitucionalmente reconocidos, toda vez que se trata de un caso excepcional de persona con enfermedad terminal, lo que determina que la continuidad de la persecución penal pierda todo sentido jurídico y social; De conformidad con lo dispuesto por los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, modificado por el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales; y, el literal a) del artículo 31 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conceder el INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS al interno del Establecimiento Penitenciario de Chincha, QUEZADA CORDOVA, WILLIAM ALFREDO. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1600493-8

PRODUCE
Aprueban Norma Metrológica Peruana sobre vehículos y vagones tanque
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 010-2017-INACAL/DM Lima, 21 de diciembre de 2017 VISTO: El Informe Técnico DM N° 152-2017, de fecha 15 de diciembre de 2017, del Responsable del Equipo Funcional de Metrología Legal de la Dirección de Metrología y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, "Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad", dispone que el Instituto Nacional de Calidad ­ INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; siendo además el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 35.1 del artículo 35 de la citada Ley establece que "El órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL, es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la metrología, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional. Establece, custodia y mantiene los patrones nacionales de medida y provee la trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades. Además, es responsable de normar y regular la metrología legal"; Que, el numeral 36.1 del artículo 36, de la Ley dispone que "El control metrológico se realiza a todo medio de medición utilizado en operaciones de carácter comercial, valorización de servicios, de trabajos, pruebas periciales, salud pública y seguridad del trabajo, oficinas públicas y en todas aquellas actividades que determine el órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL directamente o en coordinación con otros organismos oficiales. La aplicación de los controles metrológicos se harán en forma progresiva y de acuerdo a las necesidades del país"; Que, el artículo 40 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE y modificado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE, establece, entre las funciones de la Dirección de Metrología: inciso a) Administrar y supervisar el funcionamiento de las actividades de metrología e inciso f) Establecer los controles metrológicos de los medios de medición directamente o en coordinación con otros organismos oficiales; Que, los controles metrológicos que corresponde a la verificación inicial y la verificación posterior serán realizados por las Unidades de Verificación Metrológica debidamente reconocidas por la Dirección de Metrología del INACAL, conforme lo dispone el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley 30224, que fue aprobado por Resolución Directoral N° 001-2017-INACAL/DM, denominado "Reglamento para la Autorización como Unidades de Verificación Metrológica"; Que, el Proyecto de la Norma Metrológica Peruana PNMP 023:2017 "VEHÍCULOS Y VAGONES TANQUE. Requisitos y Método de Ensayo" ha sido elaborado de acuerdo a lo establecido en el "Procedimiento de Elaboración y Aprobación de Normas Metrológicas Peruanas" - 1ra edición, aprobado mediante resolución N° 002-2012/SNM-INDECOPI y publicado el 17 de mayo de 2012; y ha tomado como referencia la OIML R 80-1:2009 "Road and rail tankers with level gauging. Part 1: Metrological and technical requirements"; y el "Regulamento Técnico Metrológico a que se refiere la Portaria INMETRO N° 208 de 06 de Mayo de 2016". Que, mediante el Informe Técnico DM N° 103-2016 se dio a conocer y se sustentan las razones para la

Designan Asesor II del Viceministerial de Justicia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0336-2017-JUS Lima, 22 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO:

Despacho

Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor abogado Ramiro Eduardo De Valdivia Cano en el cargo de confianza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1600114-1

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