Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2017 (23/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
SECCION SEGUNDA : Instancias descentralizadas PLIEGO : Gobierno Regional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 8 225 657,00

Sábado 23 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Designan Director de Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 483-2017-EF/43 Lima, 22 de diciembre de 2017

PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios SUBTOTAL TOTAL EGRESOS 19 256 655,00 ------------27 482 312,00 =========== 91 588 059,00 ===========

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 388-2017EF/43, se designó a la señora Juana Lourdes Bernal Alva, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II - Directora de la Oficina de Recursos Humanos, Categoría F-3, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la señora Juana Lourdes Bernal Alva ha presentado renuncia al referido cargo, precisando como último día de labores el 22 de diciembre de 2017, por lo que resulta pertinente aceptarla; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a la persona que en reemplazo de dicha servidora ocupará el precitado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Juana Lourdes Bernal Alva, al cargo de Director de Sistema Administrativo II - Directora de la Oficina de Recursos Humanos, Categoría F-3, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 23 de diciembre de 2017, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Hernán Ricardo Arrunátegui Valdiviezo, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II - Director de la Oficina de Recursos Humanos, Categoría F-3, de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 26 de diciembre de 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1600488-1

1.2 El detalle de los recursos asociados al Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo N° 01 "Crédito Suplementario a favor del Gobierno Nacional", el Anexo N° 02 "Crédito Suplementario a favor de los Gobiernos Regionales" y el Anexo N° 03 "Crédito Suplementario a favor de los Gobiernos Locales", que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en el presente Crédito Suplementario, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de Economía y Finanzas y la Presidenta del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1600493-4

Establecen procedimiento para que dentro de los plazos establecidos se realice el pago de las obligaciones por concepto de aportaciones a EsSalud y a la ONP, administradas por la SUNAT, y a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, por parte de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, así como de los Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 033-2017-EF/52.03 Lima, 19 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, los artículos 13 y 25 del Decreto Legislativo N° 1275, que aprueba el Marco de la Responsabilidad

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