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35 NORMAS LEGALES Lunes 25 de diciembre de 2017 El Peruano / 6. Ponderación y Puntaje de los indicadores considerados para la evaluación económica y fi nanciera 6.1 Una vez de fi nidos los puntajes de la evaluación cuantitativa, se calcula el grado de solvencia económica y fi nanciera de la entidad prestadora. 6.2 En la metodología diseñada se ha otorgado pesos o ponderaciones, de acuerdo al grado de importancia de los indicadores cuantitativos, dada la variabilidad en sus resultados, siendo los de mayor relevancia los indicadores de Liquidez y Solvencia y Generación (con un 40% de peso para cada rubro) ya que determinan la capacidad de pago de sus obligaciones; por otro lado, los indicadores de Rentabilidad cuentan con una ponderación del 20%. CUADRO 4: PUNTAJES Y PONDERACIONES PARA LOS INDICADORES CUANTITATIVOS Criterios evaluadosPonderación o Peso Indicadores Cuantitativos (Hasta 100 puntos)Indicadores Económicos y FinancierosLiquidez 40% Solvencia y Gene- ración40% Rentabilidad 20% 6.3 En este sentido, se calcula un promedio simple de los puntajes individuales de cada indicador de cada rubro, considerando el peso en cada caso. Es decir, para los indicadores de Liquidez, se calcula el promedio simple de los puntajes individuales de cada indicador y se multiplica por el peso que le corresponde (40%), obteniéndose un factor. Se procede de la misma manera para los indicadores de Solvencia y Generación, calculando el promedio simple de los puntajes individuales de cada indicador y multiplicándolo por el peso (40%), generándose un nuevo factor por este rubro. Para los indicadores de Rentabilidad, se procede de similar forma, calculando el promedio simple de los puntajes individuales y ponderándolo por 20%. La sumatoria de estos factores determinan un puntaje máximo de cien (100). 6.4 Según las características de cada caso, la empresa prestadora se puede ubicar en cuatro niveles de solvencia económica y fi nanciera (alta, mediana, baja y muy baja), tal como se detalla a continuación. CUADRO 5: DETERMINACIÓN DE SITUACIÓN DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Puntaje fi nalSolvencia económica y fi nancieraCalifi cación Explicación De 0 a 25 Muy bajaInsolvencia económica y fi nancieraEntidades en situación de insolvencia, con alto riesgo de incumplimiento de sus obligaciones, que subsisten por el apoyo del gobierno o afiliadas. Existe un alto riesgo de no continuar con sus ope-raciones. Más de 25, hasta 55BajaEn riesgo de insolvencia económica y fi nancieraEntidad con bajo nivel de sol- vencia y alto riesgo crediticio, existiendo un mayor riesgo en el cumplimiento de sus obliga-ciones. Más de 55, hasta 75MedianaSolvencia económica y fi nanciera parcialEntidad medianamente solven- te, con variabilidad considerable en el riesgo durante los ciclos económicos. Más de 75, hasta 100AltaSolvencia económica y fi nancieraEntidad solvente con bajo ries- go crediticio y capaz de admi-nistrar riesgos futuros. 1600269-1ORGANISMOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan la disolución voluntaria y posterior inicio del proceso liquidatorio de Júpiter Technology Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 4707-2017 Lima, 6 de diciembre de 2017LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Júpiter Technology Perú S. A. (en adelante, JTP) para que se autorice su proceso de disolución voluntaria y posterior liquidación; y, CONSIDERANDO:Que, en Junta Universal de Accionistas de JTP del 08 de agosto de 2017, se acordó por unanimidad de votos la disolución voluntaria y posterior liquidación de la sociedad, así como la designación de Panez Ishida Faesa Consultores y Asesores de Empresas S.A., con RUC N° 20101097286, como liquidador de la empresa; Que, la solicitud de disolución voluntaria de JTP ha sido presentada a esta Superintendencia al amparo de la Cuarta Disposición Final del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 0455-99 y normas modi fi catorias; Que, JTP ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 45 “Autorización de disolución voluntaria” del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011 y modi fi catorias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”, el Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional, el Departamento de Supervisión de Sistemas de Información y Tecnología y el Departamento Legal, y, contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, de Riesgos y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la disolución voluntaria y posterior inicio del proceso liquidatorio de Júpiter Technology Perú S.A., en el marco de las disposiciones estatutarias y legales que la rigen y de la documentación que fuera emitida por este Órgano de Control y que obra en los archivos de la institución. Artículo Segundo.- La sociedad Panez Ishida Faesa Consultores y Asesores de Empresas S.A. se encargará de la conducción del proceso liquidatorio, debiendo observar el marco legal previsto en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y la Resolución SBS N° 0455-99 y sus normas modi fi catorias.