Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2017 (27/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Miércoles 27 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115 700 000,00); Que, mediante Adendas N° 01 y N° 02 al Convenio N° 746-2017-VIVIENDA, se incrementa la disponibilidad de recursos para financiar la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, de CIENTO QUINCE MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 115 700 000,00) hasta por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 244 154 160,00); Que, mediante Resoluciones Ministeriales N° 373, N° 443 y N° 469-2017-VIVIENDA se autoriza transferencias financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 244 154 160,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, en beneficio de la población damnificada cuya vivienda se encuentra colapsada o inhabitable debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; Que, el artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 0132017, dispuso la atención de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, sin perjuicio del estado físico de la vivienda, mediante la reubicación en los "Proyectos de Vivienda de Interés Social" o con el otorgamiento del BFH en la modalidad de Aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva que se regula en lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 004-2017 y el Decreto de Urgencia Nº 0102017, en lo que corresponda; Que, mediante Adenda N° 03 al Convenio N° 746-2017-VIVIENDA, se incrementa la disponibilidad de recursos para financiar la ejecución del BFH en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Adquisición de Vivienda Nueva, de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 244 154 160,00) hasta por el monto de TRESCIENTOS CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 304 154 160,00), de los cuales SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00) tienen como finalidad financiar la asignación de hasta 1000 BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, en beneficio de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, sin perjuicio del estado físico de la vivienda; Que, en tal sentido, mediante Memorándum Nº 1621-2017-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, solicita gestionar la transferencia financiera hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., para la ejecución del BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva; en el marco del artículo 15 de la Ley N° 30518; Que, mediante Memorando Nº 2369-2017/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 358-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria sobre la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del BFH en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, en beneficio de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas

marginales, zona costera del litoral o quebradas; para lo cual se ha suscrito la Adenda N° 03 al Convenio N° 746-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, por los fundamentos técnicos y normativos expuestos, resulta viable aprobar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, hasta por la suma SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 60 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Adquisición de Vivienda Nueva, en beneficio de la población damnificada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017, ubicada en fajas marginales, zona costera del litoral o quebradas, sin perjuicio del estado físico de la vivienda. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ­ Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Producto 3000129: Familias de Bajos Recursos Aptas para Acceder a Vivienda de Interés Social en Condiciones Adecuadas, en la Actividad 5004334: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Vivienda Nueva, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, conforme lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Convenio N° 746-2017-VIVIENDA y su Adenda N° 03. Artículo 4.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para lo cual se realiza la

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