TEXTO PAGINA: 117
117 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2017 El Peruano / nuevos artículos, a efectos de garantizar una adecuada información, contratación y provisión del servicio; Que, asimismo, en atención a la legislación vigente, resulta de importancia la adecuación y actualización de las Condiciones de Uso respecto a los nuevos derechos y obligaciones establecidos tanto para las empresas operadoras y los abonados de los servicios públicos de telecomunicaciones, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 13381 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-IN; Que, el artículo 7º del Reglamento General del OSIPTEL, establece que toda decisión de este Organismo deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocidos y predecibles por los administrados; Que, asimismo, el artículo 27º del Reglamento antes citado dispone que constituye requisito para la aprobación de los reglamentos, normas y disposiciones regulatorias de carácter general que dicte el OSIPTEL, el que sus respectivos proyectos sean publicados en el diario ofi cial El Peruano, con el fi n de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados; Que, en consecuencia, se debe disponer la aprobación de la publicación del Proyecto de Norma que modi fi ca el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, otorgándose el plazo respectivo para la remisión de los comentarios correspondientes; En aplicación de las funciones previstas en el inciso h) del Artículo 25° y en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 656; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la publicación para comentarios del “Proyecto de Norma que modi fi ca el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones”. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la Resolución que aprueba la publicación para comentarios de los interesados del Proyecto de Norma que modi fi ca el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Asimismo, se encarga a la Gerencia General, disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, el Proyecto de Norma, la Exposición de Motivos, así como el Informe sustentatorio, sean publicados en el Portal Institucional (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo Tercero.- Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, para que los interesados remitan sus comentarios al correo electrónico usuarios@osiptel.gob.pe, mediante un archivo adjunto en formato word. Artículo Cuarto.- Convocar a una Audiencia Pública en la cual los interesados podrán expresar oralmente sus comentarios sobre el Proyecto de Norma, la cual se llevará a cabo el día martes 6 de febrero de 2018. Para estos efectos, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que en la página web institucional del OSIPTEL se publique la información del lugar y hora de la Audiencia Pública, así como las reglas para la inscripción de participantes, al menos tres (3) días antes de su fecha de realización. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Protección y Servicio al Usuario del OSIPTEL, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al Proyecto, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Regístrese y publíquese. RAFAEL MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1 Decreto Legislativo que crea el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad, orientado a la prevención y combate del comer- cio ilegal de equipos terminales móviles y al fortalecimiento de la seguridad ciudadana. 1601018-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban otorgamiento de subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 69-2017-CONCYTEC-SG Lima, 28 de diciembre de 2017VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el O fi cio Nº 498-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 301-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia N° 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva); Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia fi nanciera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de veri fi car cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos – Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante O fi cio Nº 498-2017-FONDECYT- DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de una subvención económica a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia por un monto total ascendente a S/ 115,200.00, correspondiente al Esquema Financiero EF-041 denominado “Proyectos de Investigación Básica y Aplicada” Convocatoria 2017-02, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 117-2017-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría