Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 118

118

NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar una subvención económica a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por el importe total ascendente a S/ 115,200.00, para cofinanciar el proyecto en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalado en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000305 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 117-2017-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente otorgar la subvención económica para cofinanciar el proyecto de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, aprobado mediante Convenio suscrito por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentran establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que la Subvención Económica solicitada cuenta con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado en el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases del mencionado concurso, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 301-2017-CONCYTECOGPP, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, la Titular de la Entidad, luego de haber manifestado su abstención para aprobar las subvenciones a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia ­ UPCH, mediante Resolución de Presidencia N° 149-2017-CONCYTEC-P, de fecha 30 de octubre de 2017, designa al(a) Secretario (a) General del CONCYTEC, para resolver los expedientes vinculados a las solicitudes de otorgamiento de subvenciones a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia ­ UPCH, en el marco de lo establecido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, con Informe Nº 041-2017-CONCYTEC-OGAJAFH, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 391-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 301-2017-CONCYTEC-OGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo

N° 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016"; y la Resolución de Presidencia N° 149-2017-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de la subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por la suma total de S/ 115,200.00 (Ciento Quince Mil Doscientos y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Tipo de Institución cofinanciamiento Subvención económica Proyecto Monto total S/

Universidad Nuevo Agente Biológico Recombinante con Peruana Actividad Fibrinolítica para su uso en la 115,200.00 Cayetano Disolución de Trombos Heredia

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANMARY NARCISO SALAZAR Secretaria General (e) 1602028-1

Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas en el marco de lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 70-2017-CONCYTEC-SG Lima, 28 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 044-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 496-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 299-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.