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118 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2017 / El Peruano Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar una subvención económica a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por el importe total ascendente a S/ 115,200.00, para co fi nanciar el proyecto en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalado en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000000305 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 117-2017-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente otorgar la subvención económica para co fi nanciar el proyecto de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, aprobado mediante Convenio suscrito por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verifi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentran establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha veri fi cado que la Subvención Económica solicitada cuenta con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, rati fi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado en el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases del mencionado concurso, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 301-2017-CONCYTEC- OGPP, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha veri fi cado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se co fi nanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, la Titular de la Entidad, luego de haber manifestado su abstención para aprobar las subvenciones a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia – UPCH, mediante Resolución de Presidencia N° 149-2017-CONCYTEC-P, de fecha 30 de octubre de 2017, designa al(a) Secretario (a) General del CONCYTEC, para resolver los expedientes vinculados a las solicitudes de otorgamiento de subvenciones a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia – UPCH, en el marco de lo establecido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, con Informe Nº 041-2017-CONCYTEC-OGAJ- AFH, el mismo que la Jefa (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 391-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 047-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 301-2017-CONCYTEC-OGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación de la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”; y la Resolución de Presidencia N° 149-2017-CONCYTEC-P; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de la subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, por la suma total de S/ 115,200.00 (Ciento Quince Mil Doscientos y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente: Tipo de cofi nanciamientoInstitución ProyectoMonto total S/ Subvención económicaUniversidad Peruana Cayetano HerediaNuevo Agente Biológico Recombinante con Actividad Fibrinolítica para su uso en la Disolución de Trombos115,200.00 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANMARY NARCISO SALAZAR Secretaria General (e) 1602028-1 Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas en el marco de lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 70-2017-CONCYTEC-SG Lima, 28 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 044-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el O fi cio Nº 496-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 299-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular