Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 133

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", modificada mediante Resolución de Presidencia N° 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva); Que, el Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos ­ Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante los Oficios Nº 460 y 505-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de la Pontificia Universidad Católica del Perú, por un monto total de S/ 403,656.55, quienes resultaron ganadores del Concurso "Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología", financiado por el FOMITEC correspondiente al año 2015, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 142-2015-FONDECYT-DE, y del Concurso "MAGNET Atracción de Investigadores", financiado por el FOMITEC correspondiente al año 2015, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 079-2016-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 036-2017-FONDECYT-UPP-UAJUSM (en adelante el Informe Técnico Legal) y el Informe Técnico Legal Complementario N° 002-2017-FONDECYTUPP-UAJ-USM (en adelante el Informe Técnico Legal Complementario), mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una transferencia financiera y otorgar una subvención a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN (S/ 325,950.16) y de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 77,706.39), por el importe total ascendente a S/ 403,656.55, para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los citados órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000752 y N° 0000000627, y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 142-2015-FONDECYT-DE y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 079-2016-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente realizar la transferencia financiera y otorgar subvenciones a personas jurídicas para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante Convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que la Transferencia Financiera y las subvenciones a personas jurídicas solicitadas cuentan con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 036-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM y en el Informe Técnico Legal Complementario N° 002-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 272-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación de la transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los programas en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 036-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, y en el Informe Técnico Legal Complementario N° 002-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 173-2017-CONCYTEC-OGAJMPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 397-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 036-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, en el Informe Técnico Legal Complementario N° 002-2017-FONDECYTUPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 272-2017-CONCYTECOGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", y la Resolución de Presidencia N° 129-2017-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones a favor de una persona jurídica privada por la suma total de S/ 403,656.55 (Cuatrocientos Tres Mil Seiscientos Cincuenta y Seis y 55/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
N° Tipo de Cofinanciamiento Transferencia Financiera Institución Proyecto Total desembolso autorizado S/ 325,950.16

1

Instituto Nacional Círculos para la investigación de Enfermedades de agentes infecciosos Neoplásicas endémicos causantes de (INEN) cáncer en Perú Resonancia magnética Pontificia nuclear en las ciencias de los Universidad alimentos y en las ciencias Católica del Perú de la salud TOTAL S/

2

Subvención a Personas Jurídicas

77,706.39 403,656.55

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1602550-1

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