Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar subvenciones a personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 332 888.37, en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al siguiente detalle:
Tipo de cofinanciamiento Institución Proyecto Eficiencia energética: Desarrollo de un sistema para modelizar la dotación de las infraestructuras de carga, necesarias para posibilitar la penetración del transporte con vehículo eléctrico (VE) en las ciudades. Sistema de telemedicina de bajo coste para diagnóstico de enfermedades pulmonares Total S/ Total S/

Subvenciones a Personas Jurídicas

Green Energy Consultoría y Servicios S.R.L.

151 530.86

Computer Shop on Line S.A.C.

181 357.51 332 888.37

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1602575-1

Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas y transferencias financieras
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 191-2017-CONCYTEC-P Lima, 28 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 501-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 298-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva

Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", modificada mediante Resolución de Presidencia N° 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva); Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos ­ Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante Oficio Nº 501-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de subvenciones económicas a favor de la Asociación de Personas Afectadas por Tuberculosis del Perú (S/ 518,806.00) y de BIODYNAMOLS SAC (S/ 519,730.72), ganadores del Esquema Financiero EF-029-2014-Fase II denominado "Ideas Audaces Perú ­ Fase II", conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 136-2016-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar subvenciones a favor de la Asociación de Personas Afectadas por Tuberculosis del Perú (S/ 518,806.00) y de BIODYNAMOLS SAC (S/ 519,730.72), para cofinanciar los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000858 y copia de las Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 136-2016-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente otorgar subvenciones para cofinanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante Convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentran establecidos en las Bases del concurso aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que las Subvenciones cuentan con los Convenios correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigentes, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 298-2017-CONCYTECOGPP, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 171-2017-CONCYTEC-OGAJMPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído N° 392-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en

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