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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (30/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 268

TEXTO PAGINA: 124

124 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2017 / El Peruano Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar subvenciones a personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 332 888.37, en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al siguiente detalle: Tipo de cofi nanciamiento Institución Proyecto Total S/ Subvenciones a Personas Jurídicas Green Energy Consultoría y Servicios S.R.L. Efi ciencia energética: Desarrollo de un sistema para modelizar la dotación de las infraestructuras de carga, necesarias para posibilitar la penetración del transporte con vehículo eléctrico (VE) en las ciudades.151 530.86 Computer Shop on Line S.A.C.Sistema de telemedicina de bajo coste para diagnóstico de enfermedades pulmonares 181 357.51 Total S/ 332 888.37 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1602575-1 Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas y transferencias financieras RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 191-2017-CONCYTEC-P Lima, 28 de diciembre de 2017VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el O fi cio Nº 501-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 298-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO:Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia N° 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva); Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, dispone que el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia fi nanciera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de veri fi car cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos – Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante O fi cio Nº 501-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de subvenciones económicas a favor de la Asociación de Personas Afectadas por Tuberculosis del Perú (S/ 518,806.00) y de BIODYNAMOLS SAC (S/ 519,730.72), ganadores del Esquema Financiero EF-029-2014-Fase II denominado “Ideas Audaces Perú – Fase II”, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 136-2016-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar subvenciones a favor de la Asociación de Personas Afectadas por Tuberculosis del Perú (S/ 518,806.00) y de BIODYNAMOLS SAC (S/ 519,730.72), para co fi nanciar los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000000858 y copia de las Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 136-2016-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente otorgar subvenciones para co fi nanciar los proyectos de las instituciones aprobados mediante Convenios suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha veri fi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentran establecidos en las Bases del concurso aprobados por el FONDECYT, en los convenios y contratos suscritos por el FONDECYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha veri fi cado que las Subvenciones cuentan con los Convenios correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigentes, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, rati fi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios y contratos, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 298-2017-CONCYTEC- OGPP, la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha veri fi cado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se co fi nanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 171-2017-CONCYTEC-OGAJ- MPT, el mismo que la Jefa (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído N° 392-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 043-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en