Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2017 (03/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Martes 3 de enero de 2017 /

El Peruano

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre del 2016, la Ordenanza Nº 018-2016-MDCH de fecha 24 de octubre del 2016, de la Municipalidad Distrital de Chilca, que establece el régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehícular Temporal en las playas del litoral del distrito de Chilca, temporada de verano 2017, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero al 30 de abril del 2017; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley Nº 27972) Ergo la autonomía que la Constitución establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, asimismo, según la Norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-MEF, establece en el último párrafo que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, puedan crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el Art. 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF señala que las tasas por estacionamiento vehicular son aquellos tributos que debe pagas todo aquel que estacione su vehículo en las zonas comerciales o de alta confluencia vehícular, establecidas para tal efecto por la Municipalidad Distrital, con los límites que determine la Municipalidad Provincial respectiva; Que, el Art. 66 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que las tasas municipales son los tributos creados por los concejos municipales cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la municipalidad de un servicio público o administrativo a favor del contribuyente. Siendo el estacionamiento vehicular un tipo de tasa, el monto del servicio deberá guardar correspondencia con el costo incurrido por la municipalidad en la prestación o mantenimiento del servicio en su circunscripción; Que, en el presente caso el Art. 7º de la Ordenanza Nº 018-2016-MDCH, establece una tasa por el uso de los espacios de la vía pública para estacionamiento vehícular de S/ 5.00 (Cinco Soles), por todo el tiempo, durante el transcurso de un día que permanezca estacionado el vehículo en la zona de parqueo, estimación que refleja el costo incurrido por la Municipalidad Distrital de Chilca, para la prestación del servicio de estacionamiento vehícular temporal en su circunscripción; Que, por otro lado la primera disposición final de la norma municipal referida aprueba el Cuadro de Estructura de Costos del Servicio y el Cuadro de Estimación de Ingresos del Servicio de Estacionamiento Vehícular; Que, de la evaluación efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de Chilca estima percibir producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular durante el periodo comprendido entre el 01 de enero al 30 de abril del 2017 financiarán los costos por la pretación del servicio, por lo que dicha ordenanza cumple con los requisitos establecidos por el marco normativo vigente;

Que, mediante Informe Nº 206-2016-GAT-MPC de 13 de diciembre del 2016, la Gerencia de Administración Tributaria, concluye: que es viable la ratificación de la Ordenanza Nº 018-2016-MDCH que establece la TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN PLAYAS DEL LITORAL DEL DISTRITO DE CHILCA, TEMPORADA VERANO 2017; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 638-2016-GAJ-MPC, de fecha 16 de diciembre de 2016, opina que es viable la ratificación de la Ordenanza Nº 018-2016-MDCH de la Municipalidad Distrital de Chilca, que establece el Régimen de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del distrito de Chilca Temporada 2017, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero al 30 de abril del 2017; Que, la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Dictamen Nº 039-2016-CPEyAM-MPC, de fecha 21 de diciembre de 2016, sugiere ratificar la Ordenanza Municipal que establece el régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del distrito de Chilca, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero al 30 de abril del 2017; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 018-2016MDCH de fecha 24 de octubre del 2016, de la Municipalidad Distrital de Chilca, que establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehícular Temporal en playas del litoral del distrito de Chilca, temporada verano 2017, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero al 30 de abril del 2017, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- Dejar Constancia que la vigencia del Acuerdo de Concejo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación del texto de la Ordenanza Nº 018-2016-MDCH, así como sus anexos. Artículo 3º.- La Ordenanza materia de la presente ratificación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chilca. Artículo 4º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de Chilca y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1469489-1

Ratifican la Ordenanza Nº 019-2016-MDCH de la Municipalidad Distrital de Chilca, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales denominado limpieza pública, parques, jardines y serenazgo para el ejercicio 2017
ACUERDO DE CONCEJO Nº 153-2016-MPC Cañete, 28 de diciembre de 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la Ordenanza Nº 019-2016-MDCH de fecha 24 de octubre del 2016, se aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales denominado Limpieza Pública, Parques, Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2017, en el distrito de Chilca, provincia de Cañete, y;

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