Norma Legal Oficial del día 03 de enero del año 2017 (03/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 3 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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por la primera cuota del Impuesto Predial del año 2017, primera y segunda cuota de Arbitrios Municipales del año 2017, cuyo vencimiento corresponde al 28 de febrero del 2017, asimismo, tendrán la condonación del factor de reajuste (IPM) de la segunda, tercera y cuarta cuota del Impuesto Predial del año 2017, ello siempre y cuando se efectúe la cancelación de su pago anual. Artículo 3º.- VIGENCIA DEL BENEFICIO La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de Enero hasta el 31 de Marzo de 2017 previa publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- PAGOS ANTERIORES Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no serán materia de devolución y compensación alguna. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administración Tributaria y Subgerencia de Control y Recaudación el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informática y Estadística la implementación de los mecanismos para su aplicación en el Sistema Tributario de Rentas, a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión y a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1469577-2

ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 Artículo Primero.- Establecer las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2017, en las fechas de vencimiento: Pago al contado Pago fraccionado Primera cuota Segunda cuota Tercera cuota Cuarta cuota 28 de Febrero 28 de Febrero 31 de Mayo 31 de Agosto 30 de Noviembre

Artículo Segundo.- Establecer las fechas de vencimiento de pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública (Recolección de Residuos Sólidos y Barrido de Calles), Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2017, en las fechas de vencimiento: Primera cuota Segunda cuota Tercera cuota Cuarta cuota Quinta cuota Sexta cuota Séptima cuota Octava cuota Novena cuota Décima cuota Onceava cuota Doceava cuota 28 de Febrero 28 de Febrero 31 de Marzo 29 de Abril 31 de Mayo 30 de Junio 31 de Julio 31 de Agosto 30 de Setiembre 31 de Octubre 30 de Noviembre 30 de Diciembre

Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio fiscal 2017
ORDENANZA Nº 000215 /MDSA Santa Anita, 29 de diciembre del 2016 VISTO: En sesión ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorandum Nº 0363-2016-GR/MDSA de la Gerencia de Rentas, por el cual remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Cronograma de Vencimiento de Pagos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2017; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Art. 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, señala que el vencimiento de pago al contado del Impuesto Predial es hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, la primera cuota deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre. Que es política de la Municipalidad otorgar amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan la cancelación oportuna de sus tributos, ya sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago. Estando a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD con dispensa de aprobación del acta, aprueba la siguiente:

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Subgerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informática y Estadística su debida implementación en el Sistema Tributario de Rentas, a la Subgerencia de Relaciones Públicas e Imagen Institucional su difusión y a la Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1467577-3

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Ratifican la Ordenanza Nº 018-2016-MDCH de la Municipalidad Distrital de Chilca, que establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehícular Temporal en playas del litoral del distrito de Chilca temporada verano 2017
ACUERDO DE CONCEJO Nº 150-2016-MPC Cañete, 28 de Diciembre de 2016

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