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26 NORMAS LEGALES Domingo 8 de enero de 2017 / El Peruano TÍTULO III: DE LA VOTACIÓN NOMINAL Y EL NOMBRAMIENTO, PROCLAMACIÓN, EXPEDICIÓN DEL TÍTULO Y JURAMENTO Artículo 33°.- Nombramiento El Pleno del Consejo procede al acto de votación nominal en estricto orden de méritos. Se nombra al postulante que obtiene más de la mitad de votos del número de consejeros asistentes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica del CNM. En caso que el Pleno encuentre factores para no nombrar a un postulante siguiendo el orden del cuadro de méritos, se deja constancia de su decisión en el acta respectiva, debiendo fundamentar las razones de su voto en pliego aparte, el que forma parte integrante del acto de no nombramiento. El acuerdo adoptado es inimpugnable. Artículo 34°.- Resolución de nombramiento El Pleno del CNM expide la resolución de nombramiento. Artículo 35°.- Proclamación El Presidente del CNM proclama en acto público al Jefe de la ONPE nombrado. Artículo 36°.- Ceremonia de juramentación El Presidente del CNM, en ceremonia pública, toma el juramento al Jefe de la ONPE nombrado con la fórmula siguiente: “Juro por Dios (o prometo por mi honor), desempeñar fi elmente los deberes del cargo que se me ha conferido”. Artículo 37°.- Registro del juramento El juramento consta en un libro de actas suscrito por el Presidente del Consejo, el funcionario nombrado y por el Secretario General. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Modifi caciones del reglamento Para la modifi cación del presente reglamento se requiere el acuerdo del Pleno adoptado con el voto conforme de los dos tercios del número legal de sus miembros. Segunda.- Situaciones no previstas Las situaciones no previstas en el presente reglamento son resueltas por el Pleno del Consejo debiendo aplicarse los principios generales del derecho. Tercera.- El presente Reglamento rige desde el día siguiente de la publicación de la Resolución que lo aprueba en el diario ofi cial El Peruano y es de aplicación para los concursos que se convoquen a partir de su vigencia. Cuarta.- Deróguese el Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales aprobado por Resolución N° 485- 2004-CNM y sus modifi catorias aprobadas por Resolución N° 319-2012-CNM. Quinta.- Se dispensa de la publicación del proyecto de Reglamento de Concurso para el Nombramiento del Jefe de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, de conformidad con lo establecido en el artículo 14° numeral 3.2 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. TABLA DE PUNTAJE CALIFICACIÓN CURRICULAR Consolidado Rubro Puntaje máximo por rubro 1. ASPECTO ACADÉMICO 35 2. CAPACITACIÓN 10 3. PUBLICACIONES 15 4. EXPERIENCIA 40 TOTAL 100 1. ASPECTO ACADÉMICO Acumulable hasta 35 puntos 1.1. Grados Académicos en Administración e Informática 1.1.1. Doctor ( 20 puntos) 1.1.2. Maestro ( 15 puntos) 1.2. Grados Académicos en Gestión Pública, planifi cación, procesos electorales, organización de procesos, reingenieria de procesos y otros afi nes al cargo Hasta 35 1.2.1.. Doctor (14 puntos) 1.2.2. Maestro ( 10 puntos) 2. CAPACITACIÓN Acumulable hasta 10 puntos 1. Pariticipación en certámenes académicos: 1.1. Expositor o Ponente ( 2.0 puntos por cada uno) (Internacional) Hasta 10 1.2. Expositor o Ponente ( 1.0 punto por cada uno) (Nacional) 2. Idiomas Nivel avanzado (2 puntos) 2 3. Publicaciones Acumulable hasta 15 puntos 1. Libros (4.0 puntos por cada uno) Hasta 12 2. Textos Universitarios (3.0 puntos por cada uno) Hasta 9 3. Ensayos y Artículos (1.0 punto por cada año) Hasta 5