Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2017 (08/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 8 de enero de 2017 /

El Peruano

reconocida trayectoria en el ámbito tecnológico, industrial o académico; Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes que conformarán el Consejo Directivo del ITP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 92, la Ley del Instituto Tecnológico Pesquero - ITP, hoy Instituto Tecnológico de la Producción; y su Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley y Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Supremas N°s. 009-2014-PRODUCE; 005 y 012-2015-PRODUCE y 002-2016-PRODUCE, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar como miembros del Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP a las siguientes personas: - El señor Juan Carlos Mathews Salazar, en representación del Ministerio de la Producción; - El señor Franco Alberto Peroni Traverso, en representación del Ministerio de la Producción; - El señor Pablo O'Brien Cuadros, en representación del Ministerio de la Producción; - La señora Rosa María Josefa Nolte Maldonado, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y; - La señora Agnes Franco Temple, profesional de reconocida trayectoria en el ámbito tecnológico y académico. - El señor Max San Roman Guerra, profesional de reconocida trayectoria en el ámbito tecnológico y académico; Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1471550-6

CO. LTD., por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 18 de setiembre de 2018; Que, con documento de Registro N° T-254015-2016 del 15 de setiembre de 2016, KOREAN AIR LINES CO. LTD. solicitó la modificación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de carga y correo, respecto a las zonas y/o puntos de operación, a fin de sustituir el punto INCHEON por SEUL y el punto VIRACOPOS por SAO PAULO, así como incluir el punto SANTIAGO DE CHILE; Que, según los términos del Memorando N° 2212-2016MTC/12.LEG, Memorando N° 101-2016-MTC/12.POA e Informe Nº 485-2016-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artículo 1° de la Resolución Directoral N° 388-2014MTC/12 del 25 de agosto de 2014, que otorgó Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de carga y correo a KOREAN AIR LINES CO.LTD., sustituyendo el punto de INCHEON por SEUL y el punto VIRACOPOS por SAO PAULO, e incluyendo el punto SANTIAGO DE CHILE. Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 388-2014-MTC/12 del 25 de agosto de 2014 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1466325-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Modifican la R.D. N° 388-2014-MTC/12, que otorgó permiso de operación de servicio de transporte aéreo a Korean Air Lines Co. Ltd.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 726-2016-MTC/12 Lima, 9 de diciembre del 2016 VISTO: La solicitud de KOREAN AIR LINES CO. LTD. sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 388-2014MTC/12 del 25 de agosto de 2014, se otorgó Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo No Regular Internacional de carga y correo a KOREAN AIR LINES

ORGANISMOS EJECUTORES

OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR
Designan Subprefectos Provinciales y dan por concluidas designaciones de Subprefectos Distritales en diversos departamentos
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0003-2017-ONAGI-J Lima, 6 de enero de 2017

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