Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2017 (14/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Sábado 14 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- EXONERACIONES Se encuentran exonerados del pago del 100% de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del año 2017, los predios de propiedad o uso de los locales comunales, clubes de madres, comedores populares y de las organizaciones del vaso de leche, inscritos como tales. Los predios de propiedad de las Instituciones Religiosas pertenecientes a la Iglesia Católica, debidamente constituidas y acreditadas, destinados a templos, conventos, monasterios y museos, se encuentran exonerados de los Arbitrios de Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública) del año 2017, de conformidad con el Concordato suscrito entre la Santa Sede y el Estado Peruano. Disposiciones Finales Artículo Primero.- Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son válidos, por lo que no son materia de compensación ni devolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, así como a la Subgerencia de Informática, el cumplimiento de la Presente Ordenanza en lo que sea de su competencia. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde para que dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza, así como su prórroga en caso existiese necesidad. POR TANTO: Mando se Registre, Publique y Cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los cuatros días del mes de enero del año dos mil diecisiete. ENRIQUE PERAMÁS DIAZ Alcalde 1473647-1

mediante resolución del titular de la entidad publicada en el diario oficial "El Peruano"; Que, a su vez, el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, prescribe que el acceso al régimen de contratación administrativa de servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso público y que la convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 005-2016MSI del 11 de enero de 2016, publicada el 14 de enero de 2016 en el diario oficial "El Peruano", se designó al señor Ciro Luis Flores Delgado, entonces Gerente de Recursos Humanos, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad de San Isidro a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, por Resolución de Alcaldía N° 003 del 02 de enero de 2017 se deja sin efecto la designación del señor Ciro Luis Flores Delgado como Gerente de Recursos Humanos; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 014 del 06 de enero de 2017, se designa al señor Ramón Fernando Alcalde Poma en el cargo de confianza de Gerente de Recursos Humanos; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 0017-2017-0400-GAJ/MSI; y, Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor Ciro Luis Flores Delgado como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad de San Isidro a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo- MTPE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor Ramón Fernando Alcalde Poma, Gerente de Recursos Humanos, como responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ­MTPE, las ofertas de empleo de la Municipalidad de San Isidro. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía N° 005-2016-MSI del 11 de enero de 2016. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano" y remitir copia certificada de la presente Resolución a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1473259-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Designan responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo -MTPE, las ofertas de empleo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 021 San Isidro, 12 de enero de 2017 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO VISTO: El Memorándum N° 020-2017-0900-GRH/MSI de la Gerencia de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 012-2004TR, norma que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado, establece que los organismos públicos y las empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y que dicha designación debe realizarse

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2016 de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL N° 014-2016 Crnl. G. Albarracín L., 30 de septiembre de 2016

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