Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2017 (14/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de enero de 2017 /

El Peruano

Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a Subgerencia de Comunicación e Informática la publicación en el Portal Web Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1473615-1

ORDENANZA QUE APERTURA EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO 2017 - 2021 Artículo Primero.- AUTORÍCESE el inicio del Proceso de Elaboración del Plan de Desarrollo Económico Local del Distrito de El Agustino 2017 ­ 2021, el mismo que debe caracterizarse por ser participativo y viable a partir del concurso de los diferentes actores públicos y privados que operan en la localidad. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Equipo Impulsor de la elaboración del Plan de Desarrollo Económico Local de El Agustino 2017 ­ 2021, integrado por: - Representante de Servicios Educativos El Agustino ­ SEA - Representantes el Centro de Investigación y Promoción Popular ­ CENDIPP - Representante de Oscar del Perú. - Representante de la Central de Bancos Comunales de El Agustino y Santa Anita. - En representación de la Municipalidad de El Agustino, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la Gerencia de Desarrollo Económico. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y demás Gerencias y unidades orgánicas competentes de la Entidad Municipal, la ejecución de lo acordado en la presente ordenanza municipal. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración y Finanzas y la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano"; a la Unidad de Tecnología de la Información, la publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe), y a la Subgerencia de Imagen Institucional, la correspondiente difusión masiva. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1473232-1

MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO
Autorizan inicio del Proceso de Elaboración del Plan de Desarrollo Económico Local del distrito de El Agustino 2017 - 2021
ORDENANZA Nº 612-2016-MDEA EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO Visto en Sesión Ordinaria de fecha 22 de diciembre del 2016, el Informe N° 0240-2016-GEMU-MDEA emitido por la Gerencia Municipal, el Informe N° 302-2016-GAJ/ MDEA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N°244-2016-GPLAN-MDEA emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, respecto al Proyecto de "Ordenanza para la Formulación del Plan de Desarrollo Económico Local en el Distrito de El Agustino 2017 - 2021"; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local y cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala: "La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico." Que, de acuerdo al artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, regulando actividades y/o servicios en materia de salud, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, entre otros, conforme a Ley. Que, mediante Informe N°0240-2016-GEMU-MDEA de la Gerencia Municipal e Informe N°244-2016/GPLANMDEA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se determina la importancia de que el Distrito de El Agustino disponga de un Plan de Desarrollo Económico al 2021, como instrumento de desarrollo local, que oriente las estrategias y actividades de los distintos actores locales para impulsar el desarrollo competitivo y sostenible de las Mypes y medianas empresas del distrito, contribuyendo de este modo con fomentar el empleo para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos del distrito. Estando a lo expuesto en los considerandos y en ejercicio de las facultades que le confieren el inciso 8) del Artículo 9°, y los Artículos 39° y 40° de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los Señores Regidores del Concejo Municipal Distrital de El Agustino, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobaron POR MAYORÍA la siguiente Ordenanza:

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza que regula las actividades de carga, descarga, traslado de mercadería y estacionamiento vehicular en la zona de Caquetá
ORDENANZA Nº 494-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RIMAC. POR CUANTO: VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

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