Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2017 (27/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Viernes 27 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Ratifican el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015
ORDENANZA REGIONAL Nº 375-2015-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 25 de mayo de 2015 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL PASCO POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680; la Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, sus modificatorias - Ley N° 27902; Ley N° 28013; Ley N° 28926; Ley N° 28961; Ley N° 28968 y Ley N° 29053, y demás normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la sociedad y del Estado, y en su artículo 2º inciso 1, consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar. Asimismo en el artículo 191º señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, en el artículo 61°, apartados a) y b) ha estipulado: "Las funciones en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales. b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, en el artículo 9° aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, donde se señala lo siguiente: "El Ministerio del Interior es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC). Constituye la autoridad técnica normativa de alcance nacional encargada de dictar normas, establecer los procedimientos relacionados con la implementación de las políticas nacionales y coordinar su operación técnica, así como las formas de articulación entre las diversas entidades involucradas. Es responsable de su correcto funcionamiento (...)". Así mismo, el artículo 17° inciso a), de este mismo cuerpo normativo, establece que es una de las funciones del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): "Aprobar el Plan Regional de Seguridad Ciudadana"; Que, el mismo Texto Legal, citado en el párrafo precedente, en su artículo 19° inciso e) norma que es una de las funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana "Presentar al Consejo Regional el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por el CORESEC, para su ratificación mediante Ordenanza Regional", concordante con lo prescrito en el tercer párrafo del artículo 47° de esta norma; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0102015-IN, se aprueba la Directiva N° 001-2015-IN, la cual señala cuales son los "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana"; Que, mediante el OFICIO N° 00188-2015-G.R.P.PRES/ ORDNDCSC, de fecha 07 de mayo de 2015, emitido por la Oficina Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, con el que solicitan la ratificación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015, el mismo que fue analizado por los consejeros regionales y por unanimidad se aprueba ratificar el PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado,

el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- RATIFICAR, el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015", documento aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC), el cual tiene por finalidad de coadyuvar en la reducción de los niveles de inseguridad y mejorar las condiciones de convivencia social en nuestra región. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo y la Oficina Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, dispongan a la Secretaría Técnica Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) a través de su equipo regional impulsor y dentro de su competencia funcional, adoptar las medidas necesarias para la implementación del "Plan Regional de Seguridad Ciudadana Pasco - 2015", debiendo informar trimestralmente, así como realizar las acciones que permitan incorporar en el Plan Regional de Seguridad Ciudadana con mayor incidencia en la labor de prevención. Artículo Tercero.- DERIVAR a la Oficina Regional de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana presente Ordenanza para su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los veinte días del mes de mayo del dos mil quince. JUAN ANTONIO GALARZA VEGA Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. TEODULO V. QUISPE HUERTAS Gobernador Regional 1478206-5

Declaran de interés regional el consumo de productos hidrobiológicos
ORDENANZA REGIONAL Nº 377-2015-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 22 de junio de 2015 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL PASCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha diecisiete de junio del 2015, llevado a cabo en la Provincia de Oxapampa, se ha debatido el tema referente al Dictamen N° 01-2015-CDE-CR-G.R.PASCO, emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, referente a la aprobación de "DECLARACION SOBRE EL CONSUMO DE PRODUCTOS HIDROBIOLOGICOS EN LA REGION PASCO; y CONSIDERANDO: Que, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, y son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas compartidas y delegadas en el marco de las políticas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para

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