Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2017 (27/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de enero de 2017 /

El Peruano

como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica (www.regionica.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES Gobernador Regional 1478100-1

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional Pasco y Direcciones Regionales Sectoriales
(Se publican las siguientes Ordenanzas a solicitud del Gobierno Regional Pasco mediante Oficio N° 0044-2017GRP/GOB, recibido el 25 de enero de 2017). ORDENANZA REGIONAL Nº 366-2015-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 16 de abril del 2015. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Pasco, en Sesión Ordinaria de fecha quince de abril del dos mil quince. CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una política permanente del Estado de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuado asignación de competencias y transferencias de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, en el marco de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo Positivo, documento de gestión cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado; Que, los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades del Estado, deben cumplir con su propósito de ser documentos compiladores, informativos y simplificadores de los procedimientos administrativos que tramitan los administrados ante las distintas instancias de las entidades del Estado; pues este constituye un documento de gestión, cuya elaboración debe realizarse sobre la base de criterios de simplicidad y flexibilidad en un contexto de uso racional de los recursos públicos y de mejora en la calidad de atención al administrado; Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todas las entidades deben aprobar y gestionar su Texto Único de Procedimientos Administrativos y documentos de gestión los cuales comprenden todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer su interés o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de una entidad; se especifica en el mismo, los requisitos, calificación de cada procedimiento, el derecho de pago por tramitación expresado en valor porcentual a la Unidad Impositiva Tributaria, la autoridad para resolver y si el procedimiento lo amerita, se debe difundir los formularios necesarios;

asimismo el artículo 38.1 de la Ley en comento, prescribe: "El Texto Único de Procedimiento Administrativo es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades Regionales (...)" Que, con ORDENANZA REGIONAL N° 331-2010-G.R.PASCO/CR, se APRUEBA la Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Pasco, el mismo que consta de trecientos ochenta (380) procedimientos administrativos, fundamentalmente por el cambio de IUT y por el reajuste de costos de algunos procedimientos en aplicación del D.S N° 064-2010-PCM, pero mediante el D.S N° 304-2013-PCM se realizó el cambio de porcentaje de los procedimientos administrativos, que ameritan un nuevo cambio en el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, mediante el OFICIO N° 0724-2014-GRPGGR/GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite el INFORME N° 570-2014-GRP-GGR/DRAJ de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, quienes luego del análisis del INFORME N° 050-2014-G.R.PASCO-GRPPATSGRSTIC/UR, Opinan por la procedencia de la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional y Direcciones Regionales Sectoriales, por cuanto ha cumplido con las exigencias establecidas; documentación que es derivada a la Comisión de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional; Que, contando con el DICTAMEN Nº 01-2015-CPPATCR-G.R.PASCO de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, quienes luego de revisado los antecedentes técnicos y normativos opinan favorablemente y RECOMIENDAN al Pleno del Consejo Regional la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Pasco y Direcciones Regionales Sectoriales, advirtiendo que se deje sin efecto la ORDENANZA REGIONAL N° 331-2013-G.R.PASCO/CR, de fecha 13 de junio de 2013, debiendo consignarse 378 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad debidamente calificados de acuerdo a las normas legales vigentes; Que, por lo expuesto en los considerandos anteriores y de conformidad con la Constitución Política del Estado, el Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por el artículo 37º inciso a) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias y en estricto cumplimiento a las normas vigentes ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Pasco y Direcciones Regionales Sectoriales, el mismo que consta de trecientos setenta y ocho (378) procedimientos administrativos y que en Anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGAR la ORDENANZA REGIONAL N° 331-2013-G.R.PASCO/CR, de fecha 13 de junio de 2013, y DEJESE sin efecto cualquier disposición administrativa que se oponga a la presente ordenanza regional; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Pasco. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Pasco, para su promulgación. En la Provincia de Pasco, a los veinte días del mes de abril del dos mil quince. JUAN ANTONIO GALARZA VEGA Presidente Consejo Regional

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