Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Jueves 2 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194° reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972. Que, mediante el documento indicado en el exordio, la Municipalidad Distrital de Caleta Carquín, solicita la ratificación respectiva de la Ordenanza Municipal Nº 034-2016-MDCC de fecha 21.12.2016, que adecua los procedimientos de Defensa Civil y Licencias de Funcionamiento al TUPA modelo aprobado por Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM. Que, el inciso 1) del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, modificado por Decreto Legislativo Nº 1272, prescribe que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), es aprobado por Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales o por resolución del titular de organismos constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo. Por su parte, el Tercer Párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, estipula que las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los artículos 9°, 39° y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el voto unánime de los señores miembros del Concejo Municipal; ACORDÓ: Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 034-2016-MDCC de fecha 21.12.2016, emitida por la Municipalidad Distrital de Caleta Carquín, que adecua los procedimientos de Defensa Civil y Licencias de Funcionamiento al TUPA modelo aprobado por Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM, de dicha entidad edil. Regístrese y comuníquese. JORGE HUMBERTO BARBA MITRANI Alcalde Provincial 1480172-1

de Municipalidades en concordancia con su Artículo VIII, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2015PCM, publicada el 2 de abril del 2015, se aprueba el "TUPA modelo" de los Procedimientos Administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales, el cual es aplicable y de uso obligatorio para los procedimientos de la Gerencia de Administración Tributaria y el Área de Defensa Civil; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 006-2011MDCC de fecha 14 de noviembre del 2011, se aprobaron los procedimientos y servicios prestados en exclusividad de la Municipalidad Distrital de la Caleta de Carquín, así como sus requisitos y costos administrativos; Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 088-2015-PCM, se han emitido los informes por parte de la Gerencia de Administración Tributaria y el Área de Defensa Civil para la elaboración de las tablas ASME, necesarias para la determinación del costo mediante la metodología aprobada por D.S. N° 064-2010-PCM, debidamente ingresadas en el aplicativo web Mi Costo. Que, estando al Informe N° 080-2016-UPP-LJOS, de la Oficina de Planificación y Presupuesto e Informe Legal N° 147-2016-MDCC/AL, de la Oficina Asesoría Jurídica. Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con el voto unánime del Cuerpo de Regidores y con la dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Distrital de la Caleta de Carquín ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ADECÚA LOS PROCEDIMIENTOS DE DEFENSA CIVIL Y DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO AL TUPA MODELO APROBADO POR RESOLUCION MINISTERIAL N° 088-2015-PCM Artículo 1.- Modificación de los procedimientos y servicios exclusivos del Área de Defensa Civil y de la Gerencia de Administración Tributaria. Modificase los procedimientos administrativos y servicios exclusivos del Área de Defensa Civil y de la Gerencia de Administración Tributaria contenidos en la Ordenanza Municipal N° 006-2011-MDCC, debiéndose incorporar los nuevos procedimientos administrativos, requisitos, derechos de tramitación, de acuerdo al detalle de los Anexos N° 01 de cada una de las citadas unidades orgánicas los cuales forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.DERIVAR la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Huaura, para su correspondiente ratificación. Artículo 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaria General, Subgerencia de Planificación y Presupuesto, Área de Defensa Civil y de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de la Caleta de Carquín, el cumplimiento de la presente. Artículo 6.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Norma, y el Anexo que forma parte integrante de la misma se publicarán en el portal web de la entidad (www.municaletacarquin.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano. Artículo 7.- La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano del Acuerdo de la Municipalidad Provincial de Huaura, que la ratifique. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, cúmplase. JANSSEN E. GUERRERO PERALTA Alcalde 1480169-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CALETA DE CARQUIN
Ordenanza que adecúa los procedimientos de Defensa Civil y de Licencias de Funcionamiento al TUPA modelo aprobado por R.M. N° 088-2015-PCM
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 034-2016-MDCC Caleta de Carquín, 21 de diciembre del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CALETA DE CARQUIN POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA CALETA DE CARQUIN, Visto el Informe de la Gerencia de Administración Tributaria N° 091-2016-GST/ CMLL/MDCC, en Sesión Ordinaria de Concejo N° 024-2016/ MDCC., celebrada en la fecha 21 de diciembre del 2016; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica

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