Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 78

78

NORMAS LEGALES

Jueves 2 de febrero de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO
Aprueban Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Huarochirí
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2017-MDSA San Antonio, 23 de enero del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO - HUAROCHIRI: POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Antonio en sesión ordinaria de fecha 23 de enero del 2017 y con el voto unánime de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta: VISTO: El Proyecto de Ordenanza sobre Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones. El informe Nº 004-2017-GPPR-MDSA de fecha 12 de Enero del 2017 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, mediante el cual propone el Proyecto de Ordenanza sobre Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, Que mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado, se declara el Estado Peruano en Proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. Que el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: [...] f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la misma norma, que señala "Las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales , en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración, supervisión de los servicios

públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa [...]" Que así mismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al concejo Municipal "Aprobar, Modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos" Que Mediante Ordenanza Nº 063-2011-MDSA de fecha 28 de diciembre del año 2011, se aprueba la "Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Huarochirí; Que, mediante Informe Nº 004-2017-GPPRMDSA, la Gerencia de Presupuesto, Planificación y Racionalización remite la propuesta de la Estructura Orgánica y del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Antonio de Huarochirí Que, mediante Informe Nº 006-2017-GAJ/MDSA, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que de la revisión del texto del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de su Informe Técnico Sustentatorio se puede apreciar que se han desarrollado cumpliendo los lineamientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ Artículo 1º.- APROBAR; la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de San Antonio ­ Provincia de Huarochirí ­ Departamento de Lima, las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DISPONER; la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal, conforme a las disposiciones previstas en la presente norma municipal. Artículo 3º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Antonio ­ Provincia de Huarochirí ­ Departamento de Lima, a la Estructura Orgánica aprobada con la presente Ordenanza. Artículo 4º.- DISPONER; la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Oficial El Peruano; y el íntegro del Anexo antes referido en el Portal Institucional de la Entidad (www.munisanantoniohri.gob.pe) Artículo 5º.- DERÓGUESE; toda norma o disposición municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 7º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, realizar las acciones administrativas de acuerdo a su competencia a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza. POR TANTO; Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EVELING G. FELICIANO ORDOÑEZ Alcaldesa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.