Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 2 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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autoriza el inicio del proceso de actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2011-PCM, a cargo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, a fin de que se afiance el crecimiento con inclusión social en democracia; la igualdad de derechos, oportunidades y metas sociales alineadas con los objetivos del milenio; se alcance la concertación económica y social en el ámbito nacional, regional y local; y se logre el reencuentro histórico con el Perú Rural; Que, la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 26-2014-CEPLAN/PCD establece que las instituciones del Sector Público deben formular sus planes estratégicos con los nuevos lineamientos, que incluyen dentro de sus principales cambios, el uso de prospectiva. La mencionada Directiva establece en sus artículos 47, 48 y 49 que los planes estratégicos serán motivo de la emisión de un informe técnico por parte del CEPLAN, en el cual se de constancia de que estos cumplen con lo establecido en la Directiva y demás disposiciones emitidas, así como que sus objetivos estratégicos se encuentran articulados con los objetivos nacionales del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional. Este Informe Técnico constituye un requisito indispensable para la aprobación de los planes estratégicos, tales como el Plan Desarrollo Concertado Regional Concertado; Que, el Gobierno Regional de Huánuco, a través de la Resolución Ejecutiva Regional N° 1175-2015-GRH/ GR, constituyó la Comisión de Planeamiento Estratégico y con Resolución Ejecutiva Regional N° 490-2016-GRH/ GR, conformó el Equipo Técnico Regional del Plan de Desarrollo Regional Concertado, así mismo dispuso que la Comisión de Planeamiento Estratégico, tiene entre sus funciones dar cumplimiento a los lineamientos para el correcto desarrollo del proceso de actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Huánuco, que tenga como objetivo presentar la estrategia de desarrollo concertado del territorio, para el logro de los objetivos establecidos en los planes estratégicos sectoriales, los cuales deben articularse a fin de fortalecer la estrategia de desarrollo de nuestra Región; Que, con Oficio N° 1460-2016-GRH-GRPPAT de fecha 04 de noviembre de 2016, el Gobierno Regional de Huánuco solicita al CEPLAN la revisión y emisión de Opinión Técnica sobre el Proyecto de Plan de Desarrollo Regional Concertado ­ PRDC al 2021 elaborado por el Equipo Técnico Regional, en el marco de lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico Directiva N° 001-2014-CEPLAN, de fecha 04 de abril de 2014; Que, con Oficio N° 451-2016-CEPLAN/DNCP, de fecha 24 de noviembre de 2016, el Director Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico emite Opinión Técnica sobre el "Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de Huánuco al 2021", señalando que SÍ CUMPLE con lo establecido en la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, de fecha 04 de abril de 2014, tal como se puede apreciar en el Informe Técnico N° 13-2016-CEPLAN-DNCP-CACS/MCHP/MFT del 07 de noviembre de 2016; Que, el informe N° 766-2016-GRH-GRPPAT/ SGPEE de fecha 05 de diciembre de 2016, el Sub Gerente de Planeamiento Estratégico y Estadística, señala que el Gobierno Regional de Huánuco mediante Ordenanza Regional N° 010-2015-CRGRH, aprueba el inicio del proceso del Planeamiento Estratégico para la actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de Huánuco 2014-2021. Asimismo, concluye que, en cumplimiento de la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, es necesario aprobar y reconocer de interés regional la implementación del Plan de Desarrollo Regional Concertado "Huánuco al 2021", por ser un documento de gestión a largo plazo, articulado a planes y políticas mundiales, nacionales y sectoriales, que permitirá orientar, de manera articulada, organizada e integral, el diseño e implementación de acciones estratégicas de los

diferentes actores en el espacio territorial, alcanzando el Desarrollo Regional al 2021, a través del cumplimiento de los objetivos estratégicos territoriales, mejorando la calidad de vida de los ciudadanos; Que, a través del Informe Legal N° 1339-2016-GRH/ GGR/ORAJ, de fecha 09.12.2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, informa que evaluado, revisado y analizado jurídicamente el documento, concluye en una opinión de aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado "Huánuco al 2021"; que ostenta la legalidad y cumple con los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobadas por el Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional, y que previo análisis y debate, el Consejo Regional, emite su pronunciamiento en el mismo sentido, asumiendo la propuesta para Ordenanza que aprueba el "Plan de Desarrollo Regional Concertado Huánuco al 2021", reúne las condiciones y requisitos para su aprobación, conforme se advierte de lo expuesto; Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional, con dispensa de lectura de aprobación del acta: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el "Plan de Desarrollo Regional Concertado Huánuco al 2021", de la región de Huánuco, elaborado en cumplimiento de los lineamientos de la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", validado con la opinión consultiva favorable del Consejo de Coordinación Regional de Huánuco, y con la opinión técnica favorable del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el mismo que como Anexo N° 1 forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la implementación, seguimiento y evaluación del "Plan de Desarrollo Regional Concertado Huánuco al 2021", en coordinación con el Equipo Técnico Regional y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, en todas las provincias así como con todos los actores estratégicos involucrados, debiendo elaborar los documentos e informes correspondientes. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" en estricto cumplimiento de lo que dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y el Portal electrónico del Gobierno Regional. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 31 días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. ERHUIN MARCIAL QUISPE DURAN Consejero Delegado

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