Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2017 (12/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 12 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 18 de Enero de 2017, el Oficio Múltiple Nº 002-2017-MINAGRI-SSE/PE, respecto a Autorización de Viaje de Comisión de Servicio del Señor Alcalde, para participar en la "Misión Comercial BioFach 2017"Alemania. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, prescribe: "Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; Que, el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de Servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, La Ley Nº 27619, regula la autorizaciones para viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, preceptuando que estas serán autorizadas por la más alta autoridad de la respectiva entidad, así como el Decreto Supremo Nº 056-2013- EF, que modifica la escala de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; Que, en concordancia con lo indicado según el artículo 10 de la Ley Nº 30518 Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, pone de manifiesto que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. La Oficina General de Administración de la entidad o la que haga sus veces, antes de la autorización de los gastos en materia de viajes al exterior (los viáticos y pasajes), para la participación de las personas señaladas en el numeral 10.1 debe verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro organismo; Que, el Decreto Supremo Nº 056-2013-EF, que modifica el Art. 5º y 6º del D.S Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas Reglamentarias de viajes al Exterior de Servidores y funcionarios públicos, prescribe que las Resoluciones de autorización de viajes deberán publicarse en el diario oficial El Peruano con anterioridad al viaje; Que, mediante Oficio Múltiple Nº 002-2017-MINAGRISSE/PE, de fecha 16 de Enero de 2017, el Presidente Ejecutivo de sierra exportadora está extendiendo la Invitación al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de la Arena, para participar de la "Misión Comercial Bio Fach 2017", con Alcalde Productivos y los mejores emprendedores, que se realizaras los días 14 al 22 de Febrero en el país de Alemania;

Que Sierra Exportadora es un Organismo Público adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego y ha programado un viaje de: "Misión Comercial al país de Alemania", dentro de los cuales se tiene programado participar en la feria orgánica más importante del mundo como es la "BioFach 2017", que se realizara los días 15 al 18 de Febrero de 2017 en la ciudad de NurembergAlemania, así como el desarrollo de otras actividades que aportarán a la visión emprendedora y de apertura de flujos comerciales; Que, la Municipalidad Distrital De La Arena a través de su Alcalde, ha sido invitada para integrar esta "Misión Comercial", por ser parte de los "Mejores Alcaldes Productivos del Peru 2016", gracias al importante rol promotor que se viene desarrollando en nuestra localidad a través de planes de negocios y proyectos de inversión pública productiva, que tienen un impacto positivo en los pobladores rurales de la zona y es una gran oportunidad para poder gestionar actividades y proyectos que beneficiarán a lo productores del distrito de La Arena, por ser una zona donde su actividad económica gira en torno a la agricultura; Que, mediante Informe Legal Nº 004A-2017-MDLASJAJ, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica emite OPINIÓN, indicando que, conforme a los argumentos expuestos, el Concejo Municipal, determinará en sesión de concejo, la autorización del viaje por Comisión de Servicios al Exterior del país del Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Arena. Estando a lo expuesto y de conformidad a lo previsto por el Artículo 9º numeral 11), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura del acta, adopto por unanimidad el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Sr. Neylly Harrinson Talledo Rojas, Alcalde del Distrito de La Arena, participar de la "Misión Comercial Biofach 2017", con alcaldes Productivos y los Mejores emprendedores, a realizarse en la ciudad de Nuremberg- Alemania, atendiendo a la Invitación, hecha por el Presidente Ejecutivo de sierra Exportadora, durante los días 14 al 22 de Febrero de 2017, así como participar de reuniones con instituciones públicas y privadas que le permita trabajar en forma conjunta las áreas de interés en los asuntos de cooperación internacional, negocios, académico, de desarrollo económico y político. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, los gastos que por concepto de viáticos y pasajes demande el viaje del señor Alcalde, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013- EF, que modifica la escala de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, al Señor alcalde, la suscripción de convenios y actas de entendimiento con Municipios, ONGs, Asociaciones y otros. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a partir del 14 de Febrero al 22 de Febrero de 2017, el despacho de Alcaldía al Señor Regidor: Ruperto Masías Vílchez, con facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo Artículo Quinto.- DISPONER, que dentro de los quince días calendarios, siguientes a su retorno al país, el Sr. Alcalde Neylly Harrinson Talledo Rojas, informe al Concejo Municipal sobre su participación en el evento y los logros obtenidos. Artículo Sexto.- DESE CUENTA, a la Gerencia Municipal y demás estamentos que tengan injerencia en el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Séptimo.- DISPENSAR, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación de acta. Regístrese, comuníquese y cúmplase. NEYLLY HARRINSON TALLEDO ROJAS Alcalde 1484722-1

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