Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2017 (23/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 23 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen reincorporación de magistrada y establecen conformación de Primera Sala de Familia Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 143-2017-P-CSJLI/PJ Lima, 20 de febrero de 2017 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 121335-2017 la doctora Luz María Capuñay Chávez, Presidenta de la Primera Sala Especializada de Familia de Lima solicita se disponga su reincorporación efectiva a partir del día 20 de febrero del presente año suspendiendo sus vacaciones por el periodo del 20 al 22 de febrero del presente año, en razón a que ha concluido todos sus chequeos médicos conforme lo expone en el documento que antecede. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de la Primera Sala Especializada de Familia de Lima, proceder a la reincorporación de la referida Magistrada. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER la reincorporación a la labor jurisdiccional efectiva de la doctora LUZ MARIA CAPUÑAY CHÁVEZ, como Presidenta de la Primera Sala Especializada de Familia de Lima, a partir del día 20 de febrero del presente año, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Primera Sala de Familia Permanente Dra. Luz María Capuñay Chávez Dr. Edgar Gilberto Padilla Vásquez Dra. Nancy Coronel Aquino Artículo Segundo: Precisar que la Magistrada NANCY CORONEL AQUINO se encuentra de vacaciones, motivo por el cual los Magistrados de la Segunda Sala Especializada de Familia alternan en adición a sus funciones integrando el Colegiado de la Primera Sala Especializada de Familia. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. FERNANDO MONTES MINAYA Presidente (E) 1489220-1

Conforman Comisión Distrital de Implementación de la Ley N° 30364, de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el Año Judicial 2017
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 081-2017-P-CSJV/PJ Ventanilla, 20 de febrero de 2017. VISTOS: Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, Resolución Administrativa N° 020-2016-CE-PJ de fecha 03 de febrero de 2016; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: La Ley N° 30364 tiene como objetivo prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público contra las mujeres por su condición de tales y contra los integrantes del grupo familiar, estableciendo mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas así como la reparación del daño causado. SEGUNDO: Por Resolución Administrativa N° 020-2016-CE-PJ de fecha 03 de febrero de 2016, se crea el Programa Nacional para la Implementación de la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Asimismo, en su Artículo Tercero, dispone que los Distritos Judiciales que no se encuentren incluidos en el PpR "Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia", procedan a constituir Comisiones Distritales con similar conformación a las Comisiones Distritales del referido programa. TERCERO: En ese orden de ideas, resulta pertinente que se disponga la conformación de la Comisión Distrital encargada de la Implementación de la Ley N° 30364, con el objetivo de procurar el logro de las metas trazadas por el Programa Nacional del referido dispositivo, debiendo encontrarse conformada según los lineamientos establecidos por el acotado Programa Nacional, esto es, por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, Jueces Especializados de Familia, Jefe de Servicios Judiciales, Gerente de Administración o Administrador de la Corte Superior de Justicia y un personal administrativo del Área de Presupuesto o Logística que tendrá el cargo de Secretario Técnico de la Comisión. Por tanto, en uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR la Comisión Distrital de Implementación de la Ley N° 30364 "Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar" de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla para el Año Judicial 2017, la cual se encontrará integrada de la siguiente manera:
Integrantes Dra. Olga Lidia Inga Michue Dr. Christian Arturo Hernández Alarcón Dra. Yessica Paola Viteri Valiente Administrador de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla Ing. Jimmy Clavijo Arraiza Elizabeth Heydi Torres Hinostroza Cargo Presidenta Miembro Miembro Miembro Miembro Secretaría Técnica

Artículo Segundo.- DISPONER que la Administración Distrital y las Áreas a su cargo, brinden las facilidades del caso para coadyuvar al cumplimiento de las metas para las cuales ha sido creada la Comisión Distrital de Implementación de la Ley N° 30364 "Ley para prevenir,

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