Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2017 (25/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

18

NORMAS LEGALES

Sábado 25 de febrero de 2017 /

El Peruano

Alta Dirección del que depende el referido puesto. En su defecto, será la Secretaría de Planificación Estratégica, la que determine las actividades a realizarse con la contratación del Personal Altamente Calificado. (...)" "6.1.4 En el caso de los Organismos Públicos Adscritos, su Titular solicitará formalmente al Titular del MINEDU, a través de la Secretaría General, la aprobación del puesto a ser ocupado por Personal Altamente Calificado. Para tal efecto, debe adjuntar necesariamente lo siguiente: a) El informe sustentatorio correspondiente, elaborado por la Oficina de Planificación y Presupuesto y la Oficina de Administración, o las que hagan sus veces, en el que se identifiquen las actividades a realizar con las contrataciones requeridas, vinculadas con las metas institucionales establecidas en su POI. En su defecto, será la Oficina de Planificación y Presupuesto, o la que haga sus veces, la que determine las actividades a realizarse con la contratación del Personal Altamente Calificado. (...)" "6.1.5 De encontrarse conforme con la propuesta remitida, el Titular del MINEDU remitirá vía Secretaría General, el expediente al órgano de Alta Dirección a que se hace referencia en el numeral 6.1.1 precedente, o al Titular de su Organismo Público Adscrito señalado en el numeral 6.1.4, según corresponda, a fin que, de ser el caso, se sirva presentar el candidato que considere pertinente. (...)" "6.2.1 La selección de candidatos comprende la evaluación objetiva del postulante, garantizando los principios de mérito y transparencia así como el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en la Ley, su Reglamento, los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley N° 29806, la presente Directiva así como los establecidos para cada puesto en los documentos de gestión del MINEDU o de sus Organismos Públicos Adscritos, según corresponda." "6.2.2 (...) a) Reunir los requisitos mínimos para el puesto establecidos en el Manual de Organización y Funciones y/o en el Clasificador de Cargos del MINEDU. Para el caso de sus Órganos Desconcentrados, Programas Nacionales u Organismos Públicos Adscritos, se utilizarán los documentos de gestión que correspondan. (...) c) Contar con título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado y/o grado de bachiller. En este último caso deberá contar con un mínimo de 10 años de experiencia. Para efectos de la acreditación del título o grado obtenidos en el extranjero, es suficiente que dichos grados o títulos se encuentren registrados ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (...) g) No tener incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad por matrimonio o unión de hecho con personal que posea facultad o injerencia, directa o indirecta en el nombramiento o contratación de personal, en el MINEDU, sus Órganos Desconcentrados, Programas Nacionales u Organismos Públicos Adscritos, según corresponda. (...)" "6.2.3 (...) a) Currículo Vitae debidamente documentado, conforme a lo señalado en el anexo 2, que acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos del puesto, de acuerdo con los documentos de gestión vigentes,

presentado para ello copia fedateada por el MINEDU del título profesional y/o grado académico de bachiller, maestría o doctorado, según corresponda; así como los documentos que acrediten la experiencia por el tiempo requerido o en la actividad y/o gestión de la materia requerida, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. (...)" "6.2.5 En el caso de los Organismos Públicos Adscritos, sus titulares presentarán ante la Secretaría General del MINEDU el candidato propuesto con toda la documentación descrita en los numerales 6.2.3 y 6.2.4 precedentes. Los Titulares de los Organismos Públicos Adscritos son responsables de verificar la veracidad de la documentación presentada, así como del cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, su Reglamento, los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público en el marco de la Ley N° 29806, y la presente Directiva. (...)" "6.3.3 De ser el caso, el órgano de Alta Dirección del MINEDU del que depende jerárquicamente el puesto de Personal Altamente Calificado (en el caso de aquellas secretarías, oficina o puestos que dependen del Despacho Ministerial, actuará la Secretaría General) o el Titular del Órgano Desconcentrado, Programa Nacional u Organismo Público Adscrito según corresponda, presentará al Titular del MINEDU dentro de los primeros 10 (diez) días calendario del último mes de vigencia del contrato, la correspondiente solicitud de prórroga o renovación." "6.3.4 (...) b) El Anexo 3 - Actividades Realizadas, suscrito por el supervisor jerárquico del Personal Altamente Calificado, en el cual se consolidará la información brindada al respecto en los Formatos F - Conformidad de servicio mensual, que hayan sido presentados a lo largo de la vigencia del contrato. (...)" "7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 7.1 El cumplimiento de lo estipulado en la presente Directiva será responsabilidad de todos los órganos, unidades orgánicas y dependencias del MINEDU y de sus Órganos Desconcentrados, Programas Nacionales y Organismos Públicos Adscritos, que intervengan en este procedimiento. (...)" "7.3 La Oficina General de Administración es la encargada de preparar la información y documentación que sea necesaria para comunicar semestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas y al Congreso de la República, sobre las actividades realizadas por el Personal Altamente Calificado contratado; encargándose además, de solicitar su difusión en el Portal Institucional del MINEDU." "7.4 La Oficina General de Comunicaciones, a través de la Oficina de Prensa, es la encargada de difundir en el Portal Institucional del MINEDU, la información y documentación a que se hace referencia en el numeral 7.3 precedente." "8. ANEXOS (...) Anexo 3: Actividades Realizadas" Artículo 2.- Modificar los Formatos A, D, F, G y H y el Anexo 3 de la Directiva N° 002-2014-MINEDU/SGOGA "Procedimientos para la Contratación de Personal Altamente Calificado en el Ministerio de Educación incluyendo sus Órganos Desconcentrados, Programas Nacionales y Organismos Públicos Adscritos", conforme al detalle contenido en los Anexos N°s. 01, 02, 03, 04, 05 y 06 de la presente resolución, los cuales forman parte integrante de la misma.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.