Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2017 (25/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 25 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1490210-1

Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 101-2017-IN Lima, 24 de febrero de 2017 VISTOS; el Oficio N° 125-2017-DIGIMIN/DOERUCONI, de fecha 17 de enero de 2017, del Director General de Inteligencia del Ministerio del Interior; y, la Hoja de Estudio y Opinión N° 37-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 27 de enero de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Oficio N° 125-2017-DIGIMIN/DOER-UCONI, de fecha 17 de enero de 2017, el Director General de Inteligencia del Ministerio del Interior solicita a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, se solicita nombrar a los representantes de la Dirección de Inteligencia y de la Dirección Nacional de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, para que participen en la "IV Reunión Técnica del Grupo de Alto Nivel de Seguridad (GANSEG) México- Perú", respectivamente, en el Subgrupo de Trabajo II. Inteligencia, Seguridad Internacional y Terrorismo, y Subgrupo de Trabajo IV. Seguridad Pública, a realizarse en la Ciudad de México Estados Unidos Mexicanos, del 28 al 30 de marzo de 2017; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 37-2017DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 27 de enero de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que prosiga el trámite del expediente de viaje al exterior, en comisión de servicios, del 27 al 30 de marzo de 2017, a la Ciudad de México - Estados Unidos Mexicanos, del General de la Policía Nacional del Perú Mario Ernesto Alzamora Vallejo en representación de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Julio Conoc López en representación Dirección Nacional de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú, para que asistan a la IV Reunión Técnica precedentemente indicada, considerando que su participación permitirá el intercambio de conocimientos en Inteligencia, Seguridad Transnacional, Terrorismo y Seguridad Pública, y al término del evento los participantes trasmitirán los conocimientos adquiridos y harán un efecto multiplicador de sus experiencias técnicas y tácticas a los demás integrantes de su respectiva Dirección Policial; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), incluida la tarifa única de uso de aeropuerto, y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, el artículo del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/ SG del 26ENE2004, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN del 11MAR2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende entre otras la modalidad de comisión de servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes

al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, asimismo el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario Oficial El Peruano; Con el visado de la Secretaría General del Ministerio del Interior, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Mario Ernesto Alzamora Vallejo y del Comandante de la Policía Nacional del Perú Julio Conoc López, del 27 al 30 de marzo de 2017, a la Ciudad de México - Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, y viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ Días Pers. Total US$ 894.00 X 2 = 1,788.00 440.00 X 3 X 2 = 2,640.00 -----------4,428.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1490438-1

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