Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2017 (25/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Sábado 25 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, aprobado por el Decreto Supremo N° 069-2006-EM, el Monto Específico anual será determinado por el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerial a ser publicada antes del 1 de marzo de cada año, y será aplicado en el período comprendido entre el 1 de mayo del año de su determinación hasta el 30 de abril del año siguiente, y será propuesto por el OSINERGMIN al Ministerio de Energía y Minas basado en la facturación efectuada a los Usuarios del SEIN correspondiente al año calendario anterior; Que, en aplicación de la norma referida en el considerando que antecede, mediante Oficio Nº 58-2017-OS-PRES que adjunta los Informes N° 0035-2017-GRT y N° 042-2017GRT, OSINERGMIN ha propuesto al Ministerio de Energía y Minas el Monto Específico para el período comprendido desde el 1 de mayo de 2017 hasta el 30 de abril de 2018, así como su asignación a cada Empresa Receptora, señalando un valor de S/ 160 829 691.00 (Ciento Sesenta Millones Ochocientos Veintinueve Mil Seiscientos Noventa y Uno y 00/100 Soles) el mismo que no supera el límite establecido en el artículo 30 de la Ley N° 28832; Que, habiendo efectuado la evaluación correspondiente en el Informe del Visto; se considera procedente el Monto Específico propuesto por OSINERGMIN; En ejercicio de la atribución establecida en el artículo 30 de la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 del Reglamento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados, aprobado por el Decreto Supremo N° 069-2006-EM; Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Determinación del Monto Específico Determínese el Monto Específico para el funcionamiento del Mecanismo de Compensación para Sistemas Aislados en la suma de S/ 160 829 691.00 (Ciento Sesenta Millones Ochocientos Veintinueve Mil Seiscientos Noventa y Uno y 00/100 Soles). Artículo 2.- Período de aplicación del Monto Específico El Monto Específico determinado en el artículo anterior, será aplicado en el período comprendido entre el 1 de mayo de 2017 hasta el 30 de abril de 2018. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas www. minem.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1490433-1

señor Luigi Jean Pierre Flores Ramirez, profesional CAS de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del Ministerio de Energía y Minas, a participar en la Convención Anual PDAC 2017, a realizarse del 5 al 8 de marzo de 2017, en la ciudad de Toronto, Canadá; Que, la Convención Anual PDAC es el congreso internacional de exploración minera más grande del mundo y es organizado anualmente por la Prospectors and Developers Association of Canada-PDAC; Que, dada la trascendencia de la referida Convención como evento de importancia para la promoción minera del Perú, mediante Resolución Ministerial Nº 015-2017-MEM/ DM se declara de interés para el Perú la participación del Ministerio de Energía y Minas en la Convención Anual PDAC 2017; Que, en el evento a efectuarse en el marco de la Convención Anual PDAC 2017, el Ministerio de Energía y Minas expone sobre el actual ciclo minero peruano y promueve la cartera de inversiones en proyectos mineros, lo cual constituye una oportunidad para exponer las alternativas de inversión que existen en el sector minero, así como los elementos de competitividad que tiene el país; Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007EM, el Ministerio de Energía y Minas tiene por finalidad promover el desarrollo integral y sostenible de las actividades minero-energéticas; Que, por ser de interés para el país, es necesario autorizar la participación del señor Luigi Jean Pierre Flores Ramirez, profesional CAS de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del Ministerio de Energía y Minas, en la Convención Anual PDAC 2017, a realizarse en la ciudad de Toronto, Canadá, del 4 al 8 de marzo de 2017; Que, la Prospectors and Developers Association of Canada-PDAC asumirá los gastos de viáticos del profesional, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora 001; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; y, la Resolución Secretarial Nº 012-2016-MEM/SEG, que aprueba la Directiva Nº 004-2016-MEM/SEG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior del señor Luigi Jean Pierre Flores Ramirez, profesional CAS de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 4 al 8 de marzo de 2017, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido FEE) : US$ 1,793.40 Total : US$ 1,793.40 Artículo 3.- Disponer que el profesional cuyo viaje se autoriza presente al titular de la entidad, dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el evento, así como la rendición de cuentas conforme a la normativa vigente. Artículo 4.-. El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1490434-1

Autorizan viaje de profesional a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-MEM/DM Lima, 24 de febrero de 2017 VISTO: El Informe Nº 002-2017-MEM-SEG-IMA, del 21 de febrero de 2017, de la Directora (e) de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 21 de febrero de 2017, la Cámara de Comercio Canadá Perú invita al

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