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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2017 (12/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 / El Peruano señala que habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la concesión única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TV NOR COMUNICACIONES S.A.C; Que, mediante Informe Nº 1896-2017-MTC/08, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable, el otorgamiento de la concesión única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modi fi catoria, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a la empresa TV NOR COMUNICACIONES S.A.C., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el departamento de San Martín y conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, estableciéndose como primer servicio a prestar, el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa TV NOR COMUNICACIONES S.A.C., para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la Escritura Pública del referido Contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa TV NOR COMUNICACIONES S.A.C., en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1542990-1 Otorgan a Florida West International Airways Inc. la renovación de permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional no regular de carga RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 235-2017-MTC/12 Lima, 19 de abril del 2017VISTO: La solicitud de FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC. sobre Renovación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Nº 062-2013- MTC/12 del 13 de febrero de 2013, se otorgó a FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 09 de marzo de 2017; Que, con documento de Registro Nº T-001518-2017 del 03 de enero de 2017, FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC. solicitó la renovación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, en los mismos términos, por el plazo de cuatro (04) años; Que, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos de América - DOT ha designado y otorgado a FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., los derechos correspondientes para efectuar Servicios de Transporte Aéreo Internacional de carga; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modi fi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, según lo establecido en el artículo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la renovación del permiso de operación cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realización de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, veri fi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, según los términos del Memorando Nº 208-2017- MTC/12.LEG, Memorando Nº 005-2017-MTC/12.POA, Memorando Nº 037-2017-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 017-2017-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 188-2017-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º, numeral 2) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes, y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a FLORIDA WEST INTERNATIONAL AIRWAYS INC., de conformidad con los instrumentos internacionales vigentes que regulan las relaciones aerocomerciales entre Perú y los Estados Unidos de América, la Renovación de su Permiso de Operación por el plazo de cuatro (04) años, contados a partir del 10 de marzo de 2017, día siguiente del vencimiento de la Resolución Directoral Nº 062-2013-MTC/12 del 13 de febrero de 2013, en los mismos términos y condiciones: NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo No Regular de carga.