Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


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NORMAS LEGALES

Martes 25 de julio de 2017 /

El Peruano

de cada entidad pública; y, entregar oportunamente la información solicitada por las entidades involucradas. c. Otras funciones asignadas mediante Reglamento. Que, conforme a lo antes señalado, resulta necesario para los objetivos de esta Entidad, conformar el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Surquillo, a fin de que se ejerzan las funciones asignadas en el Decreto Legislativo Nº 1224 ­ Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y el Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, debiendo aprobarse mediante Resolución de Alcaldía y publicarse en el Diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1251, establece que: "En el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento, todas las referencias a los Comités Especiales debe entenderse realizada a los Comités Especiales de Inversiones, toda referencia a Comité de Inversiones debe entenderse al Comité de Promoción de la Inversión Privada"; Estando a lo expuesto; y, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º Inciso 6) de la Ley 27972; y contando con el visto bueno de la Gerencia Municipal y la Gerencia de Asesoría Jurídica; RESUELVE: Artículo 1º.- CONFORMAR el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Surquillo, para desempeñarse como Órgano Promotor de la Inversión Privada, en los procesos de promoción bajo su competencia, y, como Órgano de Coordinación con PROINVERSIÓN en los procesos de promoción bajo su competencia, integrado por los siguientes funcionarios: TITULARES Presidente : Gerente Municipal. Miembro : Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Coop. Intern. Miembro : Gerente de Administración y Finanzas. SUPLENTES Presidente : Gerente de Desarrollo Empresarial. Miembro : Gerente de Desarrollo Urbano. Miembro : Sub Gerente de Saneamiento Ambiental, Sanidad y Cementerio Artículo 2º.- COMUNICAR al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la presente Resolución, dentro del plazo de Ley. Artículo 3º.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada se encuentra facultado para llevar a cabo el proceso de promoción de la inversión privada, que comprende la identificación de oportunidades de inversión e inversionistas, la evaluación de las iniciativas privadas y llevar a cabo uno o más procedimientos administrativos dirigidos a la implementación de las modalidades de participación de la inversión privada, conforme lo dispuesto en la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, su norma reglamentaria y el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada de Lima Metropolitana, aprobado por Ordenanza Nº 867-MML. Los miembros que conforman el Comité de Inversiones actuarán colegiadamente y emitirán acuerdos que constarán en actas. Esta instancia podrá contar con el apoyo o asesoramiento de otras unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General efectuar la publicación del contenido de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- NOTIFICAR la presente Resolución a los integrantes del Comité designado en el artículo primero de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1547612-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
Aprueban Reglamento de funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad de Villa María del Triunfo
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2017-MVMT Villa María del Triunfo, 21 de julio del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO, el Proveído Nº 705-2017-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 210-2017-GAJ/ MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 217-2017-GDEIS/MVMT de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, el Informe Nº 182-2017-SGMCOYDGDEIS/MVMT de la Sub Gerencia de la Mujer, CIAM, OMAPED y DEMUNA, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, la referida Constitución en su Artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el Artículo 7º señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 a más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del Artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 232-2017MVMT, de fecha 22 de junio de 2017, se adecúa el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor en la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 2332017-MVMT, de fecha 17 de julio de 2017, se modifica el Reglamento de Organización y Funciones, en el extremo del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; Que, el Reglamento de funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, es un instrumento de gestión del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), el cual fue creado por la Ordenanza

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