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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2017 (27/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Jueves 27 de julio de 2017 / El Peruano y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, crea y regula la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, orientados al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 054-2011- PCM, que aprueba el “Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021”, dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el citado Plan; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 435-2015-PRODUCE se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Producción, que en Anexo forma parte integrante de la misma; Que, con O fi cio N° 185-2017-CEPLAN/DNCP, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, sustentado en el Informe Técnico N° 01-2017-CEPLAN-DNCP-PESEM, comunica a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio que, el equipo de monitores a cargo del Sector Producción, previa revisión del proyecto de PESEM 2017 - 2021 del Sector Producción, veri fi ca que los objetivos estratégicos actualizados en el PESEM 2017-2021 se articulan con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, con las prioridades del actual gobierno manifestadas en la Política General de Gobierno y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas; Que, los literales b) y c) del artículo 34 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE, establecen como funciones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, conducir, entre otros, el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectorial e institucional conforme a la normativa vigente; Que, mediante Memorando N° 498-2017-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 090-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, propone la aprobación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2021 del Sector Producción; Que, en atención a lo expuesto, corresponde aprobar Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2021 del Sector Producción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi caciones; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y modi fi cado por Decreto Supremo N° 009-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 – 2021 del Sector Producción, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 435- 2015-PRODUCE, que aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016 - 2021 del Sector Producción. Artículo 3.- Disponer que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 – 2021 del Sector Producción, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 – 2021 del Sector Producción. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1548499-1 Dejan sin efecto encargatura de funciones de Coordinador de Transferencia Tecnológica y designación de Coordinador de Generación y Adaptación Tecnológica, de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura del FONDEPES FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 053-2017-FONDEPES/J Lima, 21 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el 24 de febrero de 2017 mediante la Resolución Jefatural Nº 013-2017-FONDEPES/J se aprobó el Reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, el cual re fi ere que el cargo de Coordinador de Generación y Adaptación Tecnológica de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura, así como el cargo de Coordinador de Transferencia Tecnológica de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura, son cargos de con fi anza; Que, con Resolución N° 012-2015-FONDEPES/J del 12 de enero de 2015 se encargó al señor Carlos Segundo Calderón Deza como Coordinador de Transferencia Tecnológica de la Dirección General de Capacitación y Desarrollo Técnico en Acuicultura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES; Que, con Resolución N° 051-2016-FONDEPES/J del 28 de enero de 2016 se designó al señor Pedro Santiago Eufracio Villón como Coordinador de Generación y Adaptación Tecnológica en Acuicultura de la Dirección